Acuerdo número 14 de 2020, por medio del cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para asumir compromisos con cargo a las Vigencias Futuras 2021, 2022 y 2023, con el fin de atender la contratación de bienes y servicios en el presupuesto de gastos de inversión - 1 de Octubre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850276281

Acuerdo número 14 de 2020, por medio del cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para asumir compromisos con cargo a las Vigencias Futuras 2021, 2022 y 2023, con el fin de atender la contratación de bienes y servicios en el presupuesto de gastos de inversión

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51454

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la Ley 99 de 1993, y en el Estatuto Presupuestal de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 27 de mayo de 2020, mediante Acuerdo número 10 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción Cuatrienal -PAC 2020-2023, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años.

Que el Estatuto Presupuestal de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo número 06 del 7 de abril de 2010 y modificado mediante los Acuerdos números 01 del 22 de enero de 2013 y 35 del 21 de noviembre de 2017, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto financiado con recursos propios de la Corporación.

Que, el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la Corporación establece: " . Cuando se requiera celebrar compromisos que cubran varias vigencias fiscales, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras. El Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas...".

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar el "Mejoramiento de los sistemas individuales de tratamiento de aguas residuales (pozos sépticos) para los parques reserva forestal Embalse del Neusa y parque ecoturístico embalse El Hato de la Corporación Autónoma Regional (CAR)", con una proyección de 4 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2020.

Que la Dirección de Infraestructura Ambiental, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con Memorando 20203144708 del 9 de septiembre de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por valor de CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE

MIL CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS ($151.867.166). El memorando de solicitud e autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que, de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la dependencia, dentro de los principales beneficios al comprometer recursos de la vigencia futura 2021, descritos en el cuadro anterior, se encuentran: 1. Se garantiza la entrega de los bienes y servicios en los tiempos establecidos ya que no se alcanzaría a ejecutar el 100% del contrato en la presente vigencia; 2. La operación de los parques se desarrollaría de manera sostenible, generando los menores impactos posibles sobre los recursos hídricos.

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar el "Suministro e instalación de herramientas e infraestructura tecnológica mediante la implementación de un Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), para garantizar la seguridad en los parques ecoturísticos de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), incluyendo la correspondiente interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental", con una proyección de 11 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2020.

Que la Dirección de Infraestructura Ambiental, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con Memorando 20203144708 del 9 de septiembre de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($4.586.399.233). l memorando de solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los ocumentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan la s valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que, de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la dependencia, dentro de los principales beneficios al comprometer recursos de la vigencia futura 2021, descritos en el cuadro anterior, se encuentran: 1. Se garantiza la entrega de los bienes y servicios en los tiempos establecidos ya que no se alcanzaría a ejecutar el 100% del contrato en la presente vigencia; 2. Se optimizan los recursos técnicos y administrativos de la entidad en cuanto a que se realizaría un solo proceso de selección dentro de la jurisdicción CAR.

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar el "Montaje y puesta en marcha del sistema electromecánico, mantenimiento preventivo y correctivo de las structuras de control y obras conexas de los embalses propiedad de la CAR, embalse del Neusa y embalse del Hato", con una proyección de 8 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2020.

Que la Dirección de Recursos Naturales, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con Memorando 20203144788 del 9 de septiembre de 2020, presentó os correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de os recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por valor de OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($8.797.371.977). El memorando e solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de oporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a omprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que, de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la dependencia, dentro de los principales beneficios al comprometer recursos de la vigencia futura 2021, descritos en el cuadro anterior, se encuentran: 1. La constitución de una vigencia futura, obedece a una necesidad, teniendo en cuenta que algunos proyectos por su complejidad no se pueden ejecutar en una sola vigencia, caso específico en el tema que nos atañe, mantenimientos de embalses, servicio que además de ser necesario, denota unas complejidades que necesitan un tiempo de ejecución que supera la actual vigencia fiscal; 2. Aunado a lo anterior, los tiempos en un proceso contractual no solo se aplican a su ejecución, debe tenerse en cuenta el tiempo precontractual, contractual y poscontractual, tiempos que superan una sola anualidad.

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar la "Formulación del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH) para tres (3) unidades hidrográficas de la Subzona Río Carare (Minero) - Unidad Hidrográfica Río Palenque, Unidad Hidrográfica Río Negro y Unidad Hidrográfica Río Guaquinay", con una proyección de 12 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2020.

Que la Dirección de Gestión de Ordenamiento Ambiental y Territorial, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con Memorando 20203144309 del 8 de septiembre de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2020 como de la vigencia 2021, por valor de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS PESOS ($2.281.454.326). El memorando de solicitud de autorización del cupo de las igencias futuras y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que, de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la dependencia, dentro de los principales beneficios al comprometer recursos de la vigencia futura 2021, descritos en el cuadro anterior, se encuentran: 1. Se garantiza la entrega de los bienes y servicios en los tiempos establecidos ya que no se alcanzaría a ejecutar el 100% del contrato en la presente vigencia; 2. Se aseguran los recursos necesarios para el desarrollo del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico (PORH), priorizado de una Subzona Hidrográfica dentro de la jurisdicción CAR; 3. Se asegura la formulación del Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico para una de las subzonas hidrográficas priorizadas de la jurisdicción CAR.

Que la Corporación ha previsto el proceso para contratar la "Construcción de reservorios de agua como sistemas alternos, que captan, almacenan, usan y regulan las aguas lluvias en municipios priorizados de la jurisdicción CAR, con su respectiva interventoría técnica, administrativa, financiera y ambiental", con una proyección de 7 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2020.

Que la Dirección de Infraestructura Ambiental, para amparar la contratación a la que se refiere el párrafo anterior, con Memorando 20203144708 del 9 de septiembre de 2020, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para...

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