Acuerdo número 19 de 2018, por el cual se fija el monto máximo total de deducibilidad prevista en el artículo 158-1 del Estatuto Tributario y de descuento definido en el artículo 256 del ET, para el año 2019 - 6 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763855025

Acuerdo número 19 de 2018, por el cual se fija el monto máximo total de deducibilidad prevista en el artículo 158-1 del Estatuto Tributario y de descuento definido en el artículo 256 del ET, para el año 2019

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo De Ciencia Tecnologia e Innovacion
Número de Boletín50859

El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 31 de Ley 1286 de 2009 y el artículo 1.8.2.1.2 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 de la Ley 1286 de 2009 creó el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, en adelante CNBT.

Que el artículo 34 de la Ley 1450 de 2011, por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, modificó la conformación del CNBT y determinó que hacen parte del mismo el Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), quien lo presidirá, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, o el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o su representante, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su representante, el Director del Departamento Nacional de Planeación o su representante y por dos (2) expertos en ciencia, tecnología e innovación, designados por el Director de Colciencias.

"Que la Ley 1819 de 2016 en su artículo 91 modificó el beneficio tributario y estableció que las inversiones que se realicen en Investigación, desarrollo tecnológico e innovación, de acuerdo con los criterios y las condiciones señaladas por el Consejo Nacional de Política Económica y social mediante actualización del documento Conpes 3834 de 2015, serán deducibles en el período gravable en que las realicen. Lo anterior, no excluye la aplicación del descuento tributario de que trata el artículo 256 del Estatuto Tributario cuando se cumplan las condiciones y requisitos allí definidos.

Que la Ley 1819 de 2016 en su artículo 104 estableció que las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología en Innovación como de Investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y condiciones definidas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, mediante actualización del documento Conpes 3834 de 2015, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre...

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