Acuerdo número 20 de 2018, por medio del cual se adopta el Reglamento de Bienestar del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITIFP) - 8 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 731141437

Acuerdo número 20 de 2018, por medio del cual se adopta el Reglamento de Bienestar del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITIFP)

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Instituto Tolimense de Formación Tecnica Profesional
Número de Boletín50648

El Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP") del Espinal Tolima, en uso de sus atribuciones legales establecidas en el Estatuto General y en especial las conferidas por el Artículo 117 de la Ley 30 de 1992, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 117 de la Ley 30 de 1992, establece que las Instituciones de Educación Superior deben adelantar programas de Bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo.

  2. Que el Consejo Nacional de Educación Superior ("CESU"), a través del Acuerdo número 003 de 1995, determinó las políticas de bienestar universitario, atendiendo las áreas de salud, cultura, desarrollo humano, promoción socioeconómica, deporte y recreación.

  3. Que el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP"), fijó las Políticas, Propósitos y Programas de Bienestar Institucional, a través del Estatuto General, expedido por el Consejo Directivo.

  4. Que en sesión de fecha 6 de febrero 2018, mediante Acta número 006 el Consejo Académico avaló el documento del reglamento de Bienestar Institucional.

  5. Que es deber del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP") establecer el Reglamento de Bienestar Institucional;

Que en mérito de lo anterior expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Aprobar el Reglamento de Bienestar Institucional del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional ("ITFIP"), el cual se regirá por el siguiente articulado.
CAPÍTULO I Artículos 2 a 6

Definición, misión, visión y objetivos

Artículo 2º Definición.

Bienestar Institucional es el conjunto de actividades, planes, programas y proyectos que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual, social, deportivo y cultural de la Comunidad Institucional, para el cumplimiento de su Misión, propendiendo por la creación de un clima adecuado para la formación del Ser íntegro.

Artículo 3º Misión.

Contribuir con procesos de formación del Ser Integro, que favorezca el mejoramiento de la calidad de vida de los integrantes de la Comunidad Institucional, a través de planes de desarrollo que trasversalicen la academia y el humanismo, que permita el encuentro del Ser Profesional, gestionándolos desde lo humano, logístico y estratégico.

Artículo 4º Visión.

Bienestar Institucional al año 2023, tendrá su alto reconocimiento por toda la comunidad universitaria como estamento de vital importancia, que lidera e integra programas proyectos y actividades de carácter formativo, que ayuda al desarrollo y realización del individuo para el mejoramiento de...

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