Acuerdo número 21 de 2018, por el cual se ordena el cierre definitivo de las convocatorias 240 y 786 de 2017, y se ordena la apertura de cinco nuevas convocatorias - 6 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763855317

Acuerdo número 21 de 2018, por el cual se ordena el cierre definitivo de las convocatorias 240 y 786 de 2017, y se ordena la apertura de cinco nuevas convocatorias

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo De Ciencia Tecnologia e Innovacion
Número de Boletín50859

El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 31 de Ley 1286 de 2009 y el artículo 1.8.2.1.2 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 31 de la Ley 1286 de 2009 creó el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación, en adelante CNBT.

Que el artículo 34 de la Ley 1450 de 2011, por medio de la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, modificó la conformación del CNBT y determinó que hacen parte del mismo el Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), quien lo presidirá, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, o el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o su representante, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su representante, el Director del Departamento Nacional de Planeación o su representante y por dos (2) expertos en ciencia, tecnología e innovación, designados por el Director de Colciencias.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 158-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 91 de la Ley 1819 de 2016, "Las inversiones que se realicen en investigación, desarrollo tecnológico e innovación, de acuerdo con los criterios y las condiciones señaladas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social mediante actualización del documento Conpes 3834 de 2015, serán deducibles en el períodogravable en que se realicen".

Que el artículo 104 de la Ley 1819 de 2016, modificó el artículo 256 del Estatuto Tributario y estableció que las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología e Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y condiciones definidas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, mediante...

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