Acuerdo número 348 de 2018, por medio del cual se aprueba la sustracción de un área del Distrito Regional de Manejo Integrado (DRMI) Serranía de los Yariguíes para el proyecto 'Línea de Transmisión Asociada a la Conexión PORCEIII - Sogamoso A 500Kv - 24 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 707376709

Acuerdo número 348 de 2018, por medio del cual se aprueba la sustracción de un área del Distrito Regional de Manejo Integrado (DRMI) Serranía de los Yariguíes para el proyecto 'Línea de Transmisión Asociada a la Conexión PORCEIII - Sogamoso A 500Kv

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Santander
Número de Boletín50545

El Consejo Directivo de la CAS, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo 00007 de 16 de mayo de 2005, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) declara y alindera el Distrito de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables (DMI) de la Serranía de los Yariguíes, en los municipios de Barrancabermeja, San Vicente de Chucurí, Betulia, Contratación, el Carmen de Chucurí, Galán, el Hato, Palmar, Simacota, Vélez, Zapatoca, Santa Helena del Opón, Chima, Guacamayo, Aguada, La Paz, Landázuri, Cimitarra, Bolívar y El Peñón, del departamento de Santander, con un área de 374.425 ha.

Que mediante Acuerdo número 00043 de 30 de mayo de 2006, el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS) modifica los linderos del Distrito de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables (DMI) Serranía de los Yariguíes y ajusta el área a 399.503 ha.

Que con Acuerdo número 096 de 30 de octubre de 2008, se modifica parcialmente el Acuerdo número 00007-2005, así:

"Artículo Primero. Modificar el artículo tercero del Acuerdo número 0007-05, en lo relacionado con el límite interno del DMI, que excluye los territorios declarados por el Sistema de Parques Nacionales Naturales y con el área del DMI - Serranía de los Yariguíes, que corresponde a 374.425 ha, según el Acuerdo número 00007-05.

Artículo Segundo Adicionar al DMI - Serranía de los Yariguíes las 19774 ha excluidas del área del Parque Nacional Natural "Serranía de los Yariguíes", según Resolución 063/08 proferida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

El área total del DMI será de 394.199 ha.

Que a través de Acuerdo número 180 de 16 de junio de 2011, se homologa la denominación de un área protegida declarada mediante Acuerdo número 00007-05 y se establece que el área del Distrito Regional de Manejo de la Serranía de los Yariguíes es de 419.225 ha, teniendo en cuenta la sumatoria del área definida en el Acuerdo 00043-06 de 399.503 ha y el área excluida del Parque Nacional Natural Serranía de los Yariguíes equivalente a 19.774 ha, para un total de 419.277 ha, la cual luego de un proceso de migración del sistema de referencia de Bogotá a Magna Sirgas se precisa en un área de 419.225 ha.

Que en el artículo cuarto del citado acuerdo se establece que "Los usos y las consecuentes actividades dentro del Distrito Regional de Manejo de Laserrania de Los Yariguíes serán regulados en el Plan de manejo y deberán ceñirse a las siguientes definiciones:

  1. Usos de preservación: Comprenden todas aquellas actividades de protección, regulación, ordenamiento y control y vigilancia, dirigidas al mantenimiento de los atributos, composición, estructura y función de la biodiversidad, evitando al máximo la intervención humana y sus efectos.

  2. Usos de restauración: Comprenden todas las actividades de recuperación y rehabilitación de ecosistemas; manejo, repoblación, reintroducción o trasplante de espe- cies y enriquecimiento y manejo de hábitats, dirigidas a recuperar los atributos de la biodiversidad.

  3. Usos de Conocimiento: Comprenden todas las actividades de investigación, mo-nitoreo o educación ambiental que aumentan la información, el conocimiento, el intercambio de saberes, la sensibilidad y conciencia frente a temas ambientales y la comprensión de los valores y funciones naturales, sociales y culturales de la biodiversidad.

  4. De uso sostenible: Comprenden todas las actividades de producción, extracción, construcción, adecuación o mantenimiento de infraestructura, relacionadas con el aprovechamiento sostenible de la biodiversidad, así como las actividades agrícolas, ganaderas, mineras, forestales, industriales y los proyectos de desarrollo y habitacionales no nucleadas con restricciones en la densidad de ocupación y construcción, siempre y cuando no alteren los atributos de la biodiversidad previstos para cada categoría".

Que mediante Acuerdo número 254 de 2014, se modifica el Acuerdo número 180 del 16 de junio de 2011, se confirma la zonificación del Distrito Regional de Manejo Integrado de la Serranía de los Yariguíes establecida mediante el Acuerdo número 43 de 2006.

Que mediante radicado CAS número 19191 de octubre 11 de 2016, la empresa Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P, identificada con Nit 860016610-3, representada legalmente por el señor César Augusto Ramírez Rojas, identificado con cédula de ciudadanía número 4344455 de Anserma Caldas, solicita a la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), la "Sustracción de áreas del DRMI Serranía de los Yariguíes para el proyecto Línea de Transmisión Asociada a la Conexión PORCE III - Sogamoso A 500Kv".

El interesado presentó los siguientes documentos: Certificado de existencia y representación legal

- Copia de Poder Especial amplio y suficiente otorgado por el Representante Legal a la señora Claudia Luz Parra Castaño, identificada con cédula de ciudadanía número 43.630.281 expedida en Medellín.

- Documento técnico-ambiental que sustenta la solicitud de Sustracción de áreas del DRMI Yariguíes para el proyecto Línea de Transmisión Asociada a la Conexión PORCE III - Sogamoso A 500Kv.

- Cartografía.

Que con lo anterior se dio apertura al Expediente número 1007-0002-2017 con asunto Sustracción al DRMI Serranía de los Yariguíes.

Que mediante Auto SAO número 00003 de fecha 18 de enero de 2016 modificado por el Auto SAO número 0161 de fecha 2 de mayo de 2017, se requirió a la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., identificada con Nit 860016610-3; para que cancelara por concepto de servicio de Evaluación Ambiental la suma de treinta y tres millones doscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos número ($33.243.488) moneda corriente.

Que con radicado CAS número 01285 del 26 de enero de 2017, la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. allega la constancia del pago realizado el día 20 de enero de 2017 en la cuenta corriente número 52003051-1 del Banco Popular, a nombre de Tarifas por Evaluación Ambiental - CAS.

Que mediante Auto SAO 00014 de 27 de enero de 2017, se inicia el trámite de "Sustracción de áreas del DRMI Yariguíes para el proyecto Línea de transmisión asociada a la Conexión PORCE III - Sogamoso a 500 Kv" en los municipios de Cimitarra, Barrancabermeja, San Vicente de Chucurí, Simacota y Betulia, departamento de Santander, formulada por la empresa Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P.

Que mediante oficio radicado 02754 del 20 de febrero de 2017, la señora Claudia Luz Parra Castaño, apoderada especial de ISA, remite constancia de publicación en periódico de amplia circulación regional del encabezado y la parte resolutiva del Auto número 00014 del 27 de enero de 2017.

Que con Auto SAO número 000163 de 2 de mayo de 2017, se ordena la evaluación de la documentación presentada y la práctica de una visita, emitiéndose el concepto técnico número 512 del 12 de septiembre de 2017, del cual se transcriben algunos apartes de interés:

"(...) CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO

Este proyecto comprende la construcción y operación de un circuito de la Línea de Transmisión Eléctrica a 500 kV asociada a la conexión entre la subestación Porce III ubicada en el municipio de Anorí en el departamento de Antioquia y la subestación Sogamoso, localizada en el municipio de Betulia del departamento de Santander.

EL PROYECTO EN SANTANDER

La localización general del proyecto y su paso por el Distrito Regional del Manejo Integrado Humedal Serranía de los Yariguíes, se presenta en la siguiente figura en los cuales se incluye la localización política administrativa y el área de influencia.

En los municipios de San Vicente de Chucurí, Betulia y Barrancabermeja, en el departamento de Santander, se traslapa el Distrito Regional de Manejo Integrado Serranía de los Yariguíes declarado mediante Acuerdo 007 del 16 de mayo de 2005 por la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS), con el proyecto Porce III Sogamoso en una longitud de 14.4785 km (6.23%) del total de la línea de transmisión y en 1.21 ha correspondiente a un patio de almacenamiento ubicado en la Fortuna (Barrancabermeja).

Figura 1. Localización general de la Línea de Transmisión eléctrica Porce III -Sogamoso a 500 Kv y el área del DRMI Yariguíes....

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