Acuerdo número 4 de 2020, por el cual se aprueba el Presupuesto de ingresos, gastos e inversión de la Caja Promotora de Vivienda Military de Policía, para la vigencia fiscal del 10 de enero al 31 de diciembre de 2021 - 6 de Enero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 855553716

Acuerdo número 4 de 2020, por el cual se aprueba el Presupuesto de ingresos, gastos e inversión de la Caja Promotora de Vivienda Military de Policía, para la vigencia fiscal del 10 de enero al 31 de diciembre de 2021

EmisorVarios - Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía
Número de Boletín51549

La Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, en ejercicio de las facultades legales, estatutarias y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto ley 353 de 1994, modificado por el artículo 5º de la Ley 973 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 973 del 21 de julio de 2005, “por la cual se modifica el Decreto Ley 353 del 11 de febrero de 1994 y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 2º establece que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía es una Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito, de naturaleza especial, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa

y capital independiente, vinculada al Ministerio de Defensa Nacional y vigilada por Superintendencia Financiera de Colombia.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto - Decreto 111 de 1996, en virtud de la naturaleza jurídica y de la actividad que realiza, la Entidad no hace parte del Presupuesto General de la Nación, y su régimen jurídico para efectos presupuéstales es el señalado para las empresas industriales y comerciales del Estado, dedicadas a actividades financieras.

2.2.1 SERVICIO DE LA DEUDA

2.2.2 DEVOLUCIONES A AFILIADOS

2.2.3 OTROS GASTOS NO OPERACIONALES

2.3 PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

2.3.1 PROYECTOS DE INVERSIÓN

3. DISPONIBILIDAD FINAL

Que el inciso tercero del artículo 96 del Estatuto Orgánico de Presupuesto dispone que, paralas empresas industriales y comerciales del Estado dedicadas a actividades financieras, el Ministerio de Hacienda establecerá las directrices y controles que aquellas deben cumplir en la elaboración, aprobación, conformación y ejecución de sus presupuestos.

Que la Resolución 2416 del 12 de noviembre de 1997 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establece las normas sobre la elaboración, conformación y aprobación de los presupuestos délas empresas industriales y comerciales del Estado y délas sociedades de economía mixta del orden nacional dedicadas a actividades financieras.

Que mediante Acuerdo 01 del 19 de febrero de 2009, la Junta Directiva aprobó y expidió el estatuto presupuestal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, el cual en el título IV establece la programación, aprobación, desagregación y modificación del...

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