Acuerdo número 545 de 2020, por el cual se modifica el Acuerdo 110 de 2014 que determina los porcentajes de las utilidades que las empresas operadoras del juego de lotería pueden utilizar como reserva de capitalización - 5 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844445813

Acuerdo número 545 de 2020, por el cual se modifica el Acuerdo 110 de 2014 que determina los porcentajes de las utilidades que las empresas operadoras del juego de lotería pueden utilizar como reserva de capitalización

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín51305

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 6 del artículo 47 de la Ley 643 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional, por medio del Decreto 417 de 2020 declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica con el fin de adoptar las medidas necesarias para enfrentar las consecuencias adversas generadas por la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19, y sus graves afectaciones al orden económico y social.

Que en el marco de la Emergencia Sanitaria, Económica, Social y Ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020 y en armonía con lo señalado por el Gobierno nacional, en relación con el aislamiento social como la principal herramienta para la prevención y contención del contagio del COVID-19, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, previa solicitud de la Federación de Loterías de Colombia, expidió el Acuerdo 541 de 2020, mediante el cual suspende temporalmente la realización de sorteos ordinarios y extraordinarios del juego de lotería tradicional o de billetes por el período de cuarentena obligatoria, lo que ha venido generando efectos económicos negativos al sector del loterías.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social profirió la Resolución 464 de 2020, ordenando como medida sanitaria, el aislamiento preventivo obligatorio para las personas mayores de 70 años, a partir del veinte (20) de marzo de 2020 hasta el treinta (30) de mayo de 2020 y un porcentaje mayoritario de colocadores de lotería en Colombia lo constituye adultos mayores.

Que según datos suministrados por la Federación de Loterías de Colombia FEDELCO, actualmente en Colombia se cuentan con aproximadamente diez mil (10.000) Loteros, encargados de vender los billetes de lotería físicos y cerca del 70% de ellos son adultos mayores de 60 años, población considerada de alto riesgo de contagio de la enfermedad

COVID19.

Que el producto de lotería tradicional es comercializado en un 90% a través del canal tradicional, es decir por la venta que realizan los loteros en vía pública y una vez se reactive la realización de sorteos del juego de lotería, la venta de este juego seguirá viéndose afectada por cuanto los...

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