Acuerdo número 61 de 2020, por el cual se determina la compatibilidad entre la proyección de recursos del presupuesto del SGR 2019-2020 y el recaudo para las entidades territoriales beneficiarías de asignaciones directas con corte a 31 de agosto de 2020 - 25 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 852757965

Acuerdo número 61 de 2020, por el cual se determina la compatibilidad entre la proyección de recursos del presupuesto del SGR 2019-2020 y el recaudo para las entidades territoriales beneficiarías de asignaciones directas con corte a 31 de agosto de 2020

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín51509

La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 4º y el numeral 1 del artículo de la Ley 2056 de 2020, artículo 2.2.4.1.2.4.2 del Decreto 1082 de 2015 y en el artículo 2º del Acuerdo 60 de 2020 expedido por la respectiva Comisión, y

CONSIDERANDO:

Que el Acto Legislativo 05 de 2011 constituyó el SGR, y modificó los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, dictando disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones.

Que el Acto Legislativo 05 de 2019 modificó el artículo 361 de la Constitución Política, dictando disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones.

Que en desarrollo del Acto Legislativo 05 de 2019, el 30 de septiembre de 2020 fue expedida la Ley 2056 "Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías", la cual determina la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.

Que el artículo 211 de la Ley 2056 de 2020 establece que la misma rige a partir del 1º de enero de 2021, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Ley 1530 de 2012, sin embargo, el parágrafo del mismo artículo señala que los artículos 4º y 5º entre otros, entran en vigencia a partir de su promulgación.

Que el artículo 4º de la Ley 2056 de 2020 establece que la Comisión Rectora del SGR es el órgano encargado de dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema.

Que el numeral 1 del artículo de la Ley 2056 de 2020 señala que la Comisión Rectora es la encargada de definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y criterios para el funcionamiento y direccionamiento estratégico del SGR.

Que el artículo 2.2.4.1.2.4.2. del Decreto 1082 de 2015, señala que los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD), podrán aprobar proyectos hasta por el 80% del monto de las apropiaciones por entidad territorial beneficiaria de asignaciones directas y por fondos, y que el 20% restante podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora determine que la proyección de recursos contenida en el presupuesto será compatible con el comportamiento del recaudo, en el tercer semestre de la bienalidad.

Que con...

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