Acuerdo número 63 de 2012, por el cual se adopta un nuevo Reglamento Interno del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar - 18 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412271714

Acuerdo número 63 de 2012, por el cual se adopta un nuevo Reglamento Interno del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar

EmisorVarios - Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar Secretaría Técnica
Número de Boletín48648

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 47 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 2º del Decreto 4144 de 2011,

ACUERDA:

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

Disposiciones generales

Artículo 1º Reglamento Interno del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar.

Adóptase el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, que establece su sistema administrativo, operativo y funcional.

Artículo 2º Objeto.

El Reglamento Interno del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, tiene como objeto establecer un estatuto de obligatoria aplicación, para el cabal cumplimiento de las funciones que le fueron asignadas por el artículo 47 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 2º del Decreto 4144 de 2011.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 5

Conformación y funciones del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar

Artículo 3º Conformación y permanencia.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 4144 de 2011 y las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, estará integrado por los siguientes miembros:

- El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá.

- El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado.

- El Presidente de Coljuegos.

- Un (1) representante de la Federación Nacional de Gobernadores.

- Un (1) representante de la Federación Colombiana de los Municipios.

- Dos (2) miembros independientes nombrados por el Gobierno Nacional.

Artículo 4º Domicilio.

El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar tendrá su domicilio en la ciudad de Bogotá D. C., pero podrá sesionar en otras ciudades del país.

Artículo 5º Funciones.

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto 4144 de 2011, y en las normas que lo adicionen, sustituyan o modifiquen, le corresponde al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, cumplir las siguientes funciones:

  1. Aprobar y expedir los reglamentos y sus modificaciones de las distintas modalidades de juegos de suerte y azar, cuya explotación corresponda a las entidades territoriales.

  2. Definir los indicadores que han de tenerse como fundamento para calificar la gestión, eficiencia y rentabilidad de las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de capital público departamental (SCPD) y demás agentes que sean administradores u operadores de juegos de suerte y azar, cuya explotación corresponda a las entidades territoriales.

  3. Establecer los eventos o situaciones en que las empresas que sean administradoras u operadores de juegos de suerte y azar cuya explotación corresponda a las entidades territoriales, deban someterse a planes de desempeño para recobrar su viabilidad financiera e institucional o deben ser definitivamente liquidadas y la operación de los juegos respectivos puesta en cabeza de terceros.

  4. Establecer el término y condiciones en que las empresas que sean administradoras u operadoras dejuegos de suerte y azar cuya explotación corresponda a las entidades territoriales, podrán recuperar la capacidad para realizar la operación directa de la actividad respectiva.

  5. Evaluar anualmente la gestión, eficiencia y rentabilidad de las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de capital público departamental (SCPD) y demás agentes que sean administradores u operadores de juegos de suerte y azar, cuya explotación corresponda a las entidades territoriales.

  6. Determinar los porcentajes de las utilidades que las empresas territoriales operadoras de juegos de suerte y azar, podrán utilizar como reserva de capitalización y señalar los criterios generales de utilización de las mismas. Así mismo, determinar los recursos a ser utilizados por tales empresas como reservas técnicas para el pago de premios.

  7. Vigilar el cumplimiento de la Ley 643 de 2001 y de los reglamentos de las distintas modalidades de juegos de suerte y azar, cuya explotación corresponda a las...

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