Resolución número 000678 de 2014, por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones - 9 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 510459390

Resolución número 000678 de 2014, por la cual se adopta el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49146

El Superintendente Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 7º del Decreto 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones". Así mismo, señala que "Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley".

Que la Ley 87 de 1993 dicta normas para el ej ercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado Colombiano, determina en su artículo 6º que "El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente".

Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998 define el Sistema de Desarrollo Administrativo como "un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado afortalecer la capacidadadministrativay el desempeño institucional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno Nacional".

Que mediante Ley 872 de 2003 se creó el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y su Decreto reglamentario 4110 de 2004, modificado posteriormente por el Decreto 4485 de 2009, en virtud del cual "se adopta la actualización de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública", enfatiza en su numeral 5.5.2, sobre la responsabilidad y el deber que tiene la administración en designar un miembro de la alta dirección encargado, entre otros de asegurarse que se establezcan, implementen y mantengan los procesos necesarios para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad al interior de la entidad.

Que la misma Ley 872 de 2003 establece que la máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad, y en tal sentido faculta a las entidades para integrar la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública con el Sistema de Control Interno por ser complementarios y por tanto armonizar cada uno de sus elementos.

Que en cumplimiento a lo señalado en el parágrafo del artículo 3º de la Ley 872 de 2003, se considera necesaria la integración de la Norma Técnica de Calidad de la Gestión Pública con el Sistema de Control Interno, en cada uno de sus elementos con el fin de armonizarlos.

Que mediante la Ley 962 de 2005, se expidieron "Disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".

Que mediante Decreto 1599 de 2005 se adoptó el "Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano" MECI 1000:2005, el cual determina las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Control Interno en las entidades y agentes obligados conforme al artículo 5º de la

Ley 87 de 1993".

Que el Decreto 2375 de 2006, reglamentario de la Ley 872 de 2003 dispuso que las entidades que deseen certificar su sistema de gestión de la calidad bajo la norma NTCGP:1000, deberán realizarlo ante un organismo de certificación de sistemas de gestión de calidad acreditado bajo dicha norma, por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Que por medio del Decreto 2623 de 2009 se creó "el Sistema Nacional de Servicio al Ciudadano", indicando que el mismo se complementa y articula con los Sistemas de

Control Interno, Desarrollo Administrativo, de Gestión de Calidad y con la política de racionalización de trámites.

Que a través del Decreto 4485 de 2009, se adoptó "la actualización de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000: 2009 Versión 2009, la cual establece las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, im-plementar y mantener un Sistema de Gestión de la Calidad en los organismos, entidades y agentes obligados conforme al artículo 2º de la Ley 872 de 2003".

Que con el Decreto 019 del 2012 el Gobierno Nacional dictó "Normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".

Que por intermedio del Decreto 2482 de 2012, "en el cual se establecen los linea-mientos generales para la integración de la planeación y la gestión", se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión como instrumento de articulación y reporte de la planeación y las Políticas de Desarrollo...

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