Resolución número 011448 de 2014, por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte - 25 de Agosto de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 525649546

Resolución número 011448 de 2014, por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín49254

El Superintendente de Puertos y Transporte, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en las Leyes 80 de 1993, 489 de 1998 y 1150 de 2007; el Decreto 1510 de 2013 y el artículo 7º del Decreto 1016 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidady publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que el artículo 23 de la Ley 80 de 1993 establece que "Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo".

Que el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 establece que "En los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento".

Que con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones Constitucionales y lo consagrado por laAgencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente y los principios que rigen la función administrativa, y la actividad contractual de las Entidades sometidas al Estatuto de Contratación Pública, se requiere adoptar un manual de contratación al interior de la Entidad, en donde se señalen las funciones y competencias al interior de la Superintendencia en cada una de las etapas del proceso contractual (planeación, precontractual, contractual y poscontractual), bajo los principios que orientan la función administrativa, como instrumento de apoyo, gestión y control, y que se ajusten a los cambios normativos en la materia, toda vez que el actual Manual de Contratación adoptado mediante la Resolución 8474 de 5 de diciembre de 2012 se encuentra desactualizado.

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 establece que "Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes".

Que mediante Resolución número 5731 de 25 de julio de 2012, el Superintendente de Puertos y Transporte delegó funciones y competencias en el Secretario General; por esta razón, tiene a cargo la contratación de la entidad.

Que el artículo 7º del Decreto 1016 de 2000, en sus numerales 24 y 26, establece como funciones del Superintendente "Crear, conformar y organizar mediante resolución órganos de asesoría y coordinación para el desarrollo eficiente de las funciones de la Superintendencia", y "suscribir de conformidad con el Estatuto General de Contratación y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios de la superintendencia", respectivamente.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Adoptar el Manual de Contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte, el cual se encuentra Anexo a la presente resolución y hace parte integral de la misma.
Artículo 2º Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
Artículo 3º Esta resolución rige a partir de su publicación y deja sin efectos la Resolución número 8474 de 5 de diciembre de 2012, correspondiente al anterior manual de contratación, y cualquier otra disposición que le sea contraria.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2014.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

El Secretario General,

Nelson Miguel Jaime Olaya.

VERSIÓN FECHA CAMBIOS INTRODUCIDOS. JUSTIFICACIÓN
1.0 2012-07-04 Creación del documento
1.1. 2012-08-21 Ajustes ordenados por la entidad
1.2. 2014-07-30 Cambio del Manual para acoger el nuevo marco jurídico. Acoge las instrucciones del Decreto 1510 de 2013, y el documento "Lineamientos generales para la expedición de Manuales de Contratación", -Versión 1- expedido por la Agencia Colombia Compra Eficiente, de obligatorio cumplimiento en la Superintendencia.

0. Tabla de contenido

TABLA DE CONTENIDO

  1. OBJETIVO

  2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

  3. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

  4. PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

  5. DEFINICIONES

  6. DELEGACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN EN MATERIA CONTRACTUAL

    6.1. Secretaría General

    6.2. Grupo de contratos

  7. COMITÉ DE CONTRATACIÓN

  8. COMITÉ EVALUADOR

  9. INHABILIDAD, INCOMPATIBILIDAD Y CONFLICTOS DE INTERÉS

  10. PLAN DE ADQUISICIONES

  11. ETAPAS DEL PROCESO CONTRACTUAL

  12. PLANEACIÓN

  13. ETAPA PRECONTRACTUAL

    13.1. Fase preliminar

    13.2. Fase de inicio del proceso contractual

    13.3. Evaluación y adjudicación

    13.4. Elaboración y suscripción del contrato

  14. ETAPA CONTRACTUAL

    14.1. Inicio de la ejecución contractual

    14.2. Supervisión e interventoría contractual

    14.2.1. Supervisión

    14.2.1.1. Definición

    14.2.1.2. Responsabilidad de los supervisores

    14.2.1.3. Calidades del Supervisor

    14.2.1.4. Actividades y funciones de la supervisión

    14.2.1.4.1. Funciones de vigilancia y control técnico

    14.2.1.4.2. Funciones de vigilancia y control administrativo

    14.2.1.4.3. Obligaciones de vigilancia y control financiero

    14.2.1.4.4. Obligaciones de vigilancia y control contable

    14.2.1.4.5. Obligaciones de vigilancia y control jurídico

    14.2.1.5. Prohibiciones para los interventores y supervisores

    14.2.1.6. Personal de apoyo a la labor de supervisión

    14.2.2. Interventoría

    14.3. Modificación del contrato

    14.4. Imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento

    14.5. TERMINACIÓN DEL CONTRATO

  15. ETAPA POSCONTRACTUAL

    15.1. Seguimiento de las obligaciones poscontractuales

    15.2. Liquidación

  16. OBLIGACIONES ESPECIALES EN MATERIADE CONTRATACIÓN PÚBLICA

  17. ANEXOS

    17.2. RESUMEN DE FUNCIONES POR GRUPO O DEPENDENCIA

  18. A NATURALEZA JURÍDICA DE LA SUPERINTENDENCIA. SU UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO. CONTEXTO ESTRATÉGICO

    La Superintendencia de Puertos y Transporte es un organismo de carácter administrativo y técnico, sin personería jurídica, adscrito al Ministerio de Transporte, goza de autonomía administrativa y financiera y está encargado de cumplir las funciones previstas en la Ley 1a de 1991 y las delegadas en los Decretos 101 y 1016 de 2000, modificados por el Decreto

    2741 de 2001.

    Corresponde a la Supertransporte ejercer las funciones de vigilancia, inspección y control que le corresponden al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa en materia de puertos, de conformidad con la Ley 1a de 1991, y en materia de tránsito, transporte y su infraestructura, de conformidad con la delegación prevista en los precitados decretos.

    El lineamiento general del quehacer institucional está enmarcado en las disposiciones que rigen su operación y en la contribución hacia el mejoramiento del servicio del sistema de transporte público, garantizando que se preste de acuerdo con la normativa vigente.

    Fundamentos normativos:

    Ley 1a de 1991: Estatuto de Puertos Marítimos.

    Decreto 2681 de 1991: Estructura y funciones de las dependencias internas de la Superintendencia General de Puertos.

    Ley 105 de 1993: Disposiciones básicas sobre el transporte, redistribuye competencias y recursos entre la Nación y las entidades territoriales, reglamenta la planeación en el sector.

    Decreto 101 de 2000: Modifica la estructura del Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones.

    Decreto 1016 del 2000: Modifica la estructura de la Superintendencia.

    Decreto 1402 de 2000: Mediante el cual se adiciona el Decreto 101 de 2000 y se modifica el Decreto 540 de 2000.

    Decreto 2741 de 2001: Modifica los Decretos 101 y 1016 de 2000.

    Los lineamientos estratégicos de la Superintendencia están fijados así:

    MISIÓN: Ejerce la vigilancia, inspección y el control de la prestación del servicio de transporte, su infraestructura y servicios afines, en sus medios, modos y nodos, dentro de la cadena logística del transporte, para el cumplimiento de las políticas públicas y normativa nacional e internacional, de tal forma que generen condiciones de competitividad, bienestar y desarrollo económico y social del país.

    VISIÓN: Ser a 2019 la autoridad de supervisión del servicio público de transporte, su infraestructura y servicios afines en sus medios, modos y nodos, que por su acción oportuna y efectiva, contribuye y estimula las mejores prácticas y el posicionamiento del sector como parte del desarrollo y sostenibilidad económica del país; a partir del mejoramiento continuo soportado en los lineamientos de buen gobierno, la innovación tecnológica y la calidad de la gerencia pública.

  19. OBJETIVOS

    El presente Manual de Contratación de la Superintendencia de Puertos y Transporte establece las directrices por seguir en la actividad contractual y en particular para los procesos de contratación, con los siguientes objetivos:

    · Distribuir las funciones internas dentro de las diferentes dependencias de la entidad.

    · Desarrollar los instrumentos de la delegación de competencias y asignación de actividades.

    · Establecer los lineamentos y procedimientos en cada una de sus etapas: planeación, precontractual, contractual y poscontractual.

    · Adecuar los...

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