Resolución número 03553 de 2013, por la cual se adopta el nuevo Manual de Contratación - 20 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 456012214

Resolución número 03553 de 2013, por la cual se adopta el nuevo Manual de Contratación

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín48888

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de las facultades legales consagradas en la Ley 80 de 1993, Ley 105 de 1993, artículo 9º de la Ley 489 de 1998, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 260 de 2004 y Decreto 734 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, conforme a lo dispuesto en los artículos , y del Decreto 260 de 2004, es una entidad especializada de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personeríajurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, instituida como autoridad en materia aeronáutica en todo el territorio nacional, encargada de la prestación de servicios aeronáuticos, de la operación de las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectúe con seguridad, de la administración directa o indirecta de los aeropuertos de su propiedad y los de propiedad de la Nación, así como de control y vigilancia en la construcción de aeródromos.

Que para el cumplimiento de los fines previstos en el Estatuto de Contratación Administrativa, el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, entre otras funciones, le compete la dirección general, control y vigilancia de los contratos suscritos por la entidad, conforme a lo previsto en los artículos 3º10, 411º, 1412 y numerales 1 y 5 del artículo 2613 de la Ley 80 de 1993.

Que conforme a lo previsto en el artículo 9º, numeral 9 14del Decreto 260 de 2004, le corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, suscribir los contratos y demás actos necesarios para el desarrollo de sus funciones, así como garantizar la ejecución de los recursos de la entidad, bien, ejecutándolos directamente o, a través de las dependencias competentes o, asignando tal función a una de estas, en particular, cuando legalmente no esté determinada según las facultades otorgadas por el artículo 1215 y numeral 10 del artículo 2516 de la Ley 80 de 1993, así como del artículo 37 del Decreto 215018 de 1995 y Ley 115019 de 2007.

Que en procura de alcanzar de manera eficiente los objetivos encomendados a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en particular la administración del espacio aéreo en condiciones seguras, la misma cuenta en materia de contratación, con un régimen especial o exceptivo, establecido en la Ley 105 de 1993 Articulo 54, conocido como "Régimen de Contratación por Seguridad" y, en virtud del cual, la Aerocivil puede aplicar el mismo régimen de contratación administrativa establecido para las entidades estatales que presten el servicio de Telecomunicaciones, conforme a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 80 de 1993; régimen especial que es aplicable para obras civiles, adquisiciones, suministros y demás contratos que se requiera realizar para garantizar la seguridad aérea y aeroportuaria.

Que la aplicación del régimen especial de contratación previsto en el artículo 54 de la Ley 105 de 1993, debe en todo caso, consultar los principios de selección objetiva, transparencia, economía, responsabilidad y publicidad establecidos en la Ley 80 de 1993.

Que con la adopción del presente Manual de Contratación, se busca fortalecer los procesos de planeación y estructuración de proyectos que adelante la Unidad, mediante la definición de reglas y procedimientos que deben ser observados por las áreas ejecutoras, en procura de alcanzar situaciones eficientes de distribución de responsabilidades y asignación de riesgos, acorde con los fines que guían y orientan la actividad contractual del Estado.

Que el artículo 8.1.1120 del Decreto 734 de 2012, impone el deber a las entidades estatales de implementar un manual de contratación en el que se señalen las funciones internas en materia contractual, las tareas que deban acometer por virtud de la delegación o desconcentración de funciones, así como las que se derivan de la vigilancia y control de la ejecución contractual.

En mérito de lo expuesto el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil,

RESUELVE:

Artículo 1º Adopción del manual.

Adoptar mediante el presente acto, el nuevo Manual de Contratación de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, contenido en el texto anexo que forma parte integral de la presente resolución.

Artículo 2º Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente resolución aplican a los procesos de contratación que adelante el nivel central y las direcciones regionales de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
Artículo 3º Actividad contractual.

La actividad contractual de Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil se desarrollará de conformidad con las disposiciones legales vigentes que regulen la materia y de acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación que se adopta por medio de esta resolución.

Artículo 4º Publicación.

La presente resolución será publicada en la Intranet Institucional, en la página Web de la Aerocivil www.aerocivil.gov.co y en el Diario Oficial.

Artículo 5º Régimen transitorio.

Los procesos de selección o proyectos de inversión que se hayan iniciado o se estén estructurando con anterioridad a la vigencia de la presente resolución, continuarán su trámite bajo las directrices que regían con anterioridad a la fecha de expedición del presente manual. En todo caso, los proyectos que se pretendan contratar a partir de la vigencia fiscal 2014, deberán observar las reglas mínimas sobre estructuración de proyectos definidas en el presente manual.

Artículo 6º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los actos que le sean contrarios, en particular los contenidos en la Resolución número 00423 de 2009.

Dado en Bogotá, D. C., a los 17 de julio de 2013. Publíquese y cúmplase. El Director General,

Santiago Castro Gómez.

MANUAL DE CONTRATACIÓN Tabla de contenido

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil

CAPÍTULO I Generalidades

1.1. Objeto

1.2. Principios de la contratación estatal

1.3. Planeación

1.4. Plan Nacional de Aeronavegación

1.5. Plan Anual de Compras

CAPÍTULO II

Etapa precontractual de la estructuración de proyectos de inversión y funcionamiento

2.1. Estructuración de los proyectos de inversión.

2.2. Documentos previos a los procesos de selección contractual

2.3. De los procesos de selección contractual.

CAPÍTULO III

Delegación de competencias

3.1. Delegación para contratar

3.2. Factores de verificación y evaluación

3.3. Comité asesor evaluador

3.4. Comité de adiciones, modificaciones o prórrogas

CAPÍTULO IV

Contratación para garantizar la seguridad aérea

4.1. Procedimiento para la celebración de contrataciones que se requieran para garantizar la seguridad aérea y aeroportuaria del país

4.2. Principios aplicables a la contratación por seguridad

CAPÍTULO V

De la ejecución de los contratos

5.1. Ejecución y seguimiento del contrato

5.2. Suspensión temporal del plazo en la ejecución del contrato

5.3. Publicación en el Secop de las actas de suspensión temporal

5.4. Contratos adicionales y modificaciones

5.5. Procedimiento para la adición o modificación de los contratos 5.6 Límites para la adición o modificación de los contratos

5.8. Cesión del contrato

5.8. Cesión o endoso de derechos económicos

5.9. Informes de supervisión y/o interventoría

5.10. Suscripción acta de recibo final

5.11. Liquidación bilateral del contrato 5.13. Liquidación unilateral del contrato

CAPÍTULO VI

De los mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones contractuales

6.1. Procedimiento de vigilancia y control

6.2. Seguimiento a las garantías en la etapa poscontractual

CAPÍTULO VII

Arrendamiento inmuebles

7.1. Procedimiento de vigilancia y control

7.2. Seguimiento a las garantías en la etapa poscontractual

8.1. Anexos Glosario

CAPÍTULO I

Generalidades

1.1. Objeto

El Manual de Contratación de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil que se adopta por el presente acto, tiene como propósito señalar las funciones internas en materia contractual, definir tareas que se deban acometer por virtud de la delegación o desconcentración de funciones y, establecer deberes para la vigilancia y control de la ejecución contractual. Así mismo, establece un esquema metodológico para la formulación y estructuración de proyectos de la Aerocivil.

El presente manual aplica para toda la contratación que adelante la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

1.2. Principios de la contratación estatal

En desarrollo de la gestión precontractual, contractual y poscontractual que adelante la Aerocivil a través de sus diferentes áreas o dependencias, se deberá dar especial aplicación a los principios que rigen las actuaciones administrativas y contractuales de la Aerocivil y, dentro de los cuales cabe destacar:

Buena fe: Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas, por disposición del artículo 83 de la Constitución Política, deben ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presume en todas las gestiones y actuaciones. Este principio descansa en la confianza y respecto de la conducta justa, recta, honesta y leal del otro y se constituye en un comportamiento que...

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