Decreto número 1369 de 2014, por el cual se reglamenta el uso de la publicidad alusiva a cualidades, características o atributos ambientales de los productos - 22 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 521680550

Decreto número 1369 de 2014, por el cual se reglamenta el uso de la publicidad alusiva a cualidades, características o atributos ambientales de los productos

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49220

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en la Ley 1480 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 78 de la Constitución Política establece que la ley regulará el control de calidad de los bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización.

Que el 12 de abril de 2012 entró en vigencia la Ley 1480 de 2011, mediante la cual se expidió el Estatuto del Consumidor, que de acuerdo con lo previsto en su artículo 1º tiene como objetivos fundamentales "proteger, promover y garantizarla efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos".

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 1480 de 2011, el Estatuto del Consumidor tiene como objeto regular "los derechos y las obligaciones surgidas entre los productores, proveedores y consumidores y la responsabilidad de los productores y proveedores, tanto sustancial como procesalmente", por lo tanto las normas en él contenidas serán aplicables "en general a las relaciones de consumo y a la responsabilidad de los productores y proveedores frente al consumidor en todos los sectores de la economía respecto de los cuales no exista regulación especial, evento en el cual aplicará la regulación especial y suplementariamente las normas establecidas en esta ley".

Que el acceso a una información adecuada que permita hacer elecciones bien fundadas, se constituye en una de las maneras de proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores.

Que según el numeral 8 del artículo del Estatuto del Consumidor, producto es todo bien o servicio.

Que de acuerdo con el artículo 3º del Estatuto del Consumidor, son derechos de los consumidores "obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación, así como sobre los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos" y "recibir protección contra la...

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