Decreto número 284 de 2010, por el cual se hace un nombramiento. - 29 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 75514501

Decreto número 284 de 2010, por el cual se hace un nombramiento.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín47607

y a los objetivos de la entidad.

  1. Coordinar con los organismos competentes los planes y programas del Instituto para su incorporacion en los del sector, en los generales y los de inversion publica.

  2. Proponer mejoras a la calidad en la prestacion de los servicios y al desempeño de las funciones, para optimizar el uso de los recursos disponibles y modernizar y tecnificar la entidad.

  3. Hacer acompañamiento tecnico a la formulacion de los proyectos de inversion que requiera el cumplimiento de la mision del Instituto.

  4. Preparar el anteproyecto de presupuesto, la asignacion interna de apropiacion presupuestal, asi como coordinar la elaboracion del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y el Programa General de Compras, consultando los planes, programas y requerimientos de cada una de las dependencias del Instituto.

  5. Analizar la ejecucion presupuestal y presentar las modificaciones que sean necesarias, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

  6. Desarrollar los estudios administrativos referentes a estructura organica, estructura interna y analisis organizacional que se requieran para hacer mas eficiente la gestion del Instituto, coordinando con las dependencias que se requiera.

  7. Formular para su implementacion y aplicacion los procesos y procedimientos institucionales en el marco del Sistema de Gestion de la Calidad y el Modelo Estandar de Control Interno y demas herramientas de gestion.

  8. Asesorar a las dependencias de la entidad en asuntos relacionados con la organizacion, los metodos y los procedimientos de trabajo que optimicen la gestion institucional.

  9. Coordinar con las dependencias del Instituto la implementacion de acciones necesarias para el mejoramiento continuo.

  10. Asesorar tecnicamente a los responsables de los procesos y procedimientos en la documentacion y caracterizacion de los mismos, en el marco del Sistema de Gestion de la Calidad y el Modelo Estandar de Control Interno y demas herramientas de gestion.

  11. Analizar y proyectar datos estadisticos de la poblacion privada de la libertad, como herramienta para la toma de decisiones y la formulacion de politicas.

  12. Elaborar los manuales administrativos y de normas de funcionamiento que contribuyan al desarrollo de los sistemas, modelos y procedimientos del Instituto.

  13. Adelantar el seguimiento de la ejecucion de los planes institucionales.

  14. Asesorar a las dependencias de la Sede Central y a las Direcciones Regionales en la definicion, formulacion y consolidacion de metas a corto y mediano plazo y recomendar la distribucion de los recursos humanos, financieros y fisicos necesarios para cumplirlos.

  15. Formular, ejecutar, verificar y realizar acciones de mejora a los planes de la dependencia.

  16. Proveer la informacion necesaria para atender los derechos de peticion en todas sus modalidades, asi como los requerimientos en los asuntos de su competencia, dentro de los terminos legales.

  17. Las demas funciones que le sean asignadas por ley o reglamento y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Articulo 6° Oficina Asesora de Prensa

Son funciones de la Oficina Asesora de Prensa: 1. Asesorar al Director General y a la administracion en general en la formulacion, adopcion y ejecucion de procesos de comunicacion e informacion, orientados a consolidar una imagen corporativa e institucional coherente con la mision de la Entidad.

  1. Asesorar al Director General en la difusion de la imagen Institucional, asi como en la divulgacion de las actividades oficiales de la Entidad.

  2. Establecer mecanismos de comunicacion y divulgacion, en los cuales se compartan los logros tecnicos, administrativos y sociales, se estimule la produccion creativa de los servidores del Instituto, de sus aportes y se difundan temas de interes del Inpec.

  3. Coordinar las directrices y orientaciones del Director General para un eficiente y productivo manejo del sistema de comunicacion interno en lo referente a: prensa hablada y escrita, uso de Internet, intranet, teleconferencias y television que requiera la Institucion.

  4. Dar a conocer al publico en general los diferentes medios de comunicacion gratuita para atencion a los familiares de los Internos(as).

  5. Asistir a la Subdireccion de Talento Humano en el diseño de estrategias de comunicacion, orientadas a mejorar el clima laboral y a optimizar la calidad de los servicios que presta la Institucion.

  6. Promover, al interior de los Establecimientos de Reclusion la difusion de estudios, ensayos y manifestaciones de la realidad social y cultural del Instituto.

  7. Coordinar las relaciones entre la Entidad y los medios de comunicacion y difundir las informaciones periodisticas del Inpec.

  8. Actuar como portavoz de la Entidad ante los medios de comunicacion, diseñando modelos de difusion de informacion para los mismos.

  9. Realizar campañas Institucionales para ser divulgadas en los medios de comunicacion.

  10. Coordinar la preparacion de los documentos que requiera el Director General para su presentacion ante las autoridades, al interior del Inpec, al publico y a los diferentes medios.

  11. Elaborar periodicamente boletines y servicios informativos.

  12. Seleccionar la informacion periodistica de interes para la Entidad, hacerla conocer internamente y conservar los archivos impresos en audio, video o cualquier otro medio tecnico.

  13. Consolidar, analizar y dar a conocer al Director General el material difundido por los medios de comunicacion, que resulte de interes para el Inpec.

  14. Formular, ejecutar, verificar y realizar acciones de mejora a los planes de la dependencia.

  15. Aplicar y sugerir mejoras de los procedimientos establecidos y relacionados con los procesos en los que participe la dependencia.

  16. Proveer la informacion necesaria para atender los Derechos de peticion en todas sus modalidades, asi como los requerimientos en los asuntos de su competencia, dentro de los terminos legales.

  17. Las demas funciones que le sean asignadas por ley o reglamento y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Articulo 7° Oficina de Control Interno Disciplinario

Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario: 1. Dirigir y orientar las politicas a nivel nacional, sobre la aplicacion del Regimen Disciplinario en el Instituto.

  1. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios en contra de los servidores publicos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, aun cuando se encuentren retirados del servicio, de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes en materia disciplinaria.

    38 3. Controlar los registros de los documentos relacionados con las investigaciones y pro cesos disciplinarios adelantados en el Inpec, suministrando la informacion a la Procuraduria General de la Nacion u otra autoridad competente, cuando lo soliciten.

  2. Efectuar seguimiento y control de los procesos disciplinarios a nivel nacional.

  3. Dar el tramite legal a las quejas e informes que se presenten ante esta oficina, de con formidad con las competencias previstas en el Codigo Disciplinario y en la reglamentacion que para el efecto expida el Instituto.

  4. Velar por la eficaz implementacion del sistema disciplinario institucional, estableciendo unidad de criterio para la interpretacion y aplicacion de la ley disciplinaria.

  5. Presentar los informes que solicite el Director General, los organismos de control o autoridad competente sobre el desarrollo de sus funciones, elaborar y participar en aquellos en que por su contenido y naturaleza esten dentro de su ambito.

  6. Hacer efectivas las politicas de prevencion en la incursion de faltas disciplinarias, mediante la capacitacion permanente de los servidores del Instituto.

  7. Dirigir y controlar el proyecto Anticorrupcion en materia disciplinaria en el Instituto.

  8. Dirigir y organizarla evaluacion del Sistema de Control Disciplinario.

  9. Avocar en cualquier etapa procesal, por disposicion del Director General, de oficio o a peticion de parte debidamente motivado el conocimiento de aquellos procesos que se tramiten o deban tramitarse en cualquier otra dependencia del Instituto.

  10. Formular, ejecutar, verificar y realizar acciones de mejora a los planes de la dependencia.

  11. Aplicar y sugerir mejoras de los procedimientos establecidos y relacionados con los procesos en los que participe la dependencia.

  12. Proveer con oportunidad la informacion necesaria para atender los Derechos peticion en todas sus modalidades, asi como los requerimientos en los asuntos de su com petencia, dentro de los terminos legales.

  13. Las demas funciones que le sean asignadas por ley o reglamento y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Articulo 8° Direccion Tecnica

Son funciones de la Direccion Tecnica: 1. Impulsar con las diferentes Regionales el desarrollo de programas de atencion basica, tratamiento penitenciario, seguridad y tecnologia para su cumplimiento en los estableci mientos de reclusion.

  1. Verificar y evaluar la aplicacion y cumplimiento de las politicas y normas institucio nales, en los Establecimientos de Reclusion.

  2. Verificar, evaluar informacion delincuencial en el ambito penitenciario y carcelario, para analisis que permita tomar decisiones.

  3. Coordinar la elaboracion de los planes de defensa y estudios...

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