Resolución número 0341 de 2013, por la cual se amplía lafecha de cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie en el marco del Programa de Vivienda Gratuita, para los proyectos Ciudadela Bicentenario en Cartagena, Urbanización Nando Marín en Valledupar, Nueva Esperanza en Soledad, Urbanización Las Gardenias y Villas de San Pablo en Barranquilla, abierta mediante Resolución número 0169 del 15 de abril de 2013 y ampliada mediante Resolución número 0261 del 17 de mayo de 2013 - 19 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 450226442

Resolución número 0341 de 2013, por la cual se amplía lafecha de cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie en el marco del Programa de Vivienda Gratuita, para los proyectos Ciudadela Bicentenario en Cartagena, Urbanización Nando Marín en Valledupar, Nueva Esperanza en Soledad, Urbanización Las Gardenias y Villas de San Pablo en Barranquilla, abierta mediante Resolución número 0169 del 15 de abril de 2013 y ampliada mediante Resolución número 0261 del 17 de mayo de 2013

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín48856

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto número 1921 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivieda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda" , cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés socialy vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda".

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil número 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y el Decreto número 1921 de 2012 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM).

Que mediante Resolución número 0604 del 25 de julio de 2012, el Fondo Nacional de Vivienda, en cumplimiento del artículo 5º de la Ley 1537 de 2012, realizó la distribución de cupos de recursos, para la asignación de...

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