Resolución número 0010929 de 2012, por la cual se crea el Grupo General de Auditoría del Ministerio de Transporte (GGA-MT), y se dictan otras disposiciones
Emisor | Ministerio de Transporte |
Número de Boletín | 48616 |
La Ministra de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y, en especial las conferidas por los artículos 115 de la Ley 489 de 1998 y 6º numeral 6.22 del Decreto número 087 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 2º del artículo 115 de la Ley 489 de 1998, establece: "(...) Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficaciay eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o Entidad, su representante legal podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo";
Que el numeral 6.22 del artículo 6º del Decreto número 087 de 2011 establece como funciones del Despacho del Ministro de Transporte: Crear, organizar y conformar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo;
Que mediante Resolución número 7498 del 2 de septiembre de 2003 se conformaron los grupos internos de trabajo o áreas de trabajo en las diferentes dependencias del Ministerio de Transporte, se determinaron sus funciones y se distribuyó la planta de personal para cada uno de ellos;
Que el artículo 41 de la Ley 489 de 1998 indica: "Orientacióny control. La orientación, control y evaluación general de las actividades de los organismos y entidades administrativas corresponde al Presidente de la República y en su respectivo nivel, a los Ministros, los Directores de Departamento Administrativo, los Superintendentes, los Gobernadores, los Alcaldes y los representantes legales de las Entidades Descentralizadas y Sociedades de Economía Mixta de cualquier nivel administrativo...";
Que el artículo 103 de la misma Ley 489 de 1998 establece lo siguiente: "Titularidad del control. El Presidente de la República como suprema autoridad administrativa y los Ministros y Directores de Departamento Administrativo, ejercerán control administrativo sobre los organismos o entidades que conforman la Administración Pública";
Que en este mismo sentido el artículo 104 de la Ley 489 de 1998 dispone que: "Orientación y la finalidad. El control administrativo que de acuerdo con la ley corresponde a los Ministros y Directores de los Departamentos Administrativos se orientará a constatar y asegurar que las actividades y funciones de los organismos y entidades que integran el respectivo sector administrativo se cumplan en armonía con las políticas gubernamentales, dentro de los principios de la presente ley y de conformidad con los planes y programas adoptados";
Que de acuerdo con el Decreto número 087 del 17 de enero de 2011, el Ministerio de Transporte tiene como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo y aéreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo;
Que el artículo 2.15 del Decreto número 087 de 2011, señala como función del Ministerio de Trasporte "Orientar y coordinar conforme a lo establecido en el presente decreto y en las disposiciones vigentes, a las entidades adscritas y ejercer el control de tutela sobre las mismas";
Que el artículo 6º en sus numerales 6.1 y 6.12 del Decreto número 087 de 2011, establece como funciones del Despacho del Ministro de Transporte las de: "6.1. Orientar, dirigir, coordinar, planificar, controlar y evaluar el cumplimiento de las funciones a cargo del sector, en materia de transporte, tránsito e infraestructura de todos los modos" y "6.12. Coordinar, controlar y evaluar la gestión de las entidades adscritas al Ministerio y velar por que ejecuten las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos a su cargo";
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 (PND), adoptado mediante la Ley 1450 de 2011, en su eje transversal relacionado con el "Buen Gobierno, participación ciudadana y lucha contra la corrupción", menciona que dentro de los principios rectores del buen gobierno, están las estrategias de la lucha, prevención y control de la corrupción y la eficiencia administrativa, asociados a la transparencia y al correcto funcionamiento de la Administración Pública;
Que la Ley 1474 de 2011, "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública", establece una serie de obligaciones a cargo de las entidades públicas en torno a la política de lucha contra la corrupción, entre ellas las relacionadas con: i) El Plan Anticorrupción (artículo 73); ii) El Mapa de Riesgos de Corrupción (artículo 73); iii) La publicación de proyectos de inversión (artículo 77);
Que la Ley 87 de 1993, "por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se...
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