Auto 00083 de 2018, por medio del cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-686336 - 3 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744759001

Auto 00083 de 2018, por medio del cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-686336

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50766

Expediente 231 de 2018.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 al 40 de la Ley 1437 de 2011 y 22 del Decreto 2723 de 2014, y

CONSIDERANDO QUE: RESUELVE:

Artículo 1º Iniciar actuación administrativa

tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-686336, de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Artículo 2º Conformar

el expediente número 231 de 2018 como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 3º Ordenar

la práctica de pruebas y allegar la información que sea necesaria para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 ibídem.

Artículo 4º Comunicar

el contenido de este acto administrativo a:

  1. Rafael Antonio Lozada Hernández y María Cecilia Ortega Marín.

  2. Corporación Nacional de Ahorro y Vivienda (CONAVI) hoy Bancolombia S. A.

  3. Juzgado 20 Civil Municipal dentro del proceso ejecutivo número 110014003020200700572 sobre el bien inmueble identificado con el folio 50N-686336, de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia S. A. "BBVA Colombia" contra los señores Rafael Antonio Lozada Hernández y María Cecilia Ortega Marín.

  4. Empresa de Energía de Bogotá S. A. Empresa de Servicios Públicos E.E.B. (ESP)

  5. Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) con relación al gravamen de valorización por beneficio local según Acuerdo 523 de 2013.

  6. Juzgado 078 Civil Municipal dentro del proceso ejecutivo mixto referencia número 20070057200 sobre el bien inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50N-686336 de Reintegra S. A. S. cesionaria en propiedad de la Corporación Nacional de Ahorro y Vivienda (Conavi) hoy Bancolombia S. A. contra los señores Rafael Antonio Lozada Hernández y María Cecilia Ortega Marín.

Esto con el fin de que puedan...

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