Auto 00084 de 2018, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-321748, 50N-518681, 50N-973129, y 50N-1060802 - 3 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744759009

Auto 00084 de 2018, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-321748, 50N-518681, 50N-973129, y 50N-1060802

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50766

Expediente 243 de 2018.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 al 40 de la Ley 1437 de 2011 y 22 del Decreto 2723 de 2014, y

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Primero. Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-321748, 50N-518681, 50N-973129, y 50N-1060802 de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Segundo. Conformar el expediente 243 de 2018, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Tercero. Ordenar la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 ibídem.

Cuarto. Comunicar el contenido de este acto administrativo a: 50N-321478 y 50N-518681: Arango de Arango Amanda, Arango Arango María Fernanda, Arango de Correa Liliana Ángela Patricia, Arango Arango Javier Eduardo Octavio, Arango Arango Carlos Alberto, Arango Arango Gloria María del Pilar e Inversiones Arangos S. A. S.; 50N-973129 y 50N-1060802 Arango de Arango Amanda e Inversiones Arangos S. A. S., para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos; de no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados la información se divulgará con la publicación en Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro. www.supernotariado.gov.co. (Artículo 37 ibídem). Oficiar.

Quinto. Ordenar el...

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