Auto 02-0738 - 24 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43188382

Auto 02-0738

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45073

Que, la señora Victoria Eugenia Vargas G., identificada con la cédula de ciudadanía número 41397586, de Bogotá, en su calidad de suplente del representante legal de la firma Concretos Premezclados S. A., según certificado adjunto, mediante radicado 2950 de 2002, presentó ante ¿Corpoboyacá¿, solicitud de términos de referencia para la operación de una planta productora de concreto, ubicada en jurisdicción del municipio de Tunja, Boyacá;

De conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1 993 y los artículos 2° y 9° del Decreto 1728 de 2002, Corpoboyacá, es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones permisos, y autorizaciones que le corresponda otorgar.

Se declara que el expediente contentivo del proyecto mencionado se encuentra en la Subdirección de Gestión Ambiental, para el pronunciamiento sobre la necesidad de presentar o no un diagnóstico ambiental de alternativas, a que se refiere el artículo 19 del Decreto 1728 de 2002, y se adecuará al trámite ambiental pertinente, por lo tanto este auto no autoriza la iniciación de obras, quedando bajo responsabilidad del interesado continuar con el trámite de obtención de licencia ambiental en los términos del Decreto 1728 de 2002.

Una vez notificado el interesado de este auto, deberá cancelar los derechos de visita y coordinar la fecha de visita con los funcionarios de la Subdirección de Gestión Ambiental.

Que en mérito de lo expuesto el Secretario General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Avocar el conocimiento y remitir la solicitud y demás información anexa, a la Subdirección de...

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