Auto 03-1255 - 25 de Julio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43212215

Auto 03-1255

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín45620

Que el día 24 de noviembre de 2003, el señor Jaime Salamanca Umaña, identificado con cédula de ciudadanía número 119109 expedida en Bogotá, en su calidad de Propietario, presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, solicitud tendiente a obtener la renovación de la concesión de aguas subterráneas que le fue otorgada mediante Resolución número 727 de 9 de octubre de 1998, para ser extraída del pozo profundo ubicado en los predios de la finca Campo Alegre, vereda Centro del municipio de Sutamarchán, con destino a uso agrícola.

De conformidad con el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para conocer el trámite de la presente petición;

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993, determina que Corpoboyacá es un ente corporativo de carácter público, creado por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica dotado de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente;

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993, el artículo 8º del Decreto 1753 de 1994, Decreto 1791 de 1996, Decreto 2811 de 1974 y Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que la Secretaría General al estudiar los documentos presentados por el interesado, ha encontrado que se reúnen los requisitos leales establecidos para avocar conocimiento con respecto a esta clase de solicitudes;

Que en mérito de lo expuesto, la Secretaría General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Jaime Salamanca Umaña, identificado con cédula de ciudadanía número 119109 expedida en Bogotá, en su calidad de Propietario, tendiente a obtener la renovación de la concesión de aguas subterráneas que le fue otorgada mediante Resolución número 727 de 9 de octubre de 1998, para ser extraída del pozo profundo ubicado en los predios de la finca Campo Alegre, vereda Centro del municipio de Sutamarchán, con...

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