Auto 0412 - 21 de Enero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43232780

Auto 0412

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín46158

El Subdirector de Gestión Ambiental de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, en uso de las facultades conferidas por el Acuerdo 010 y la Resolución 741 del 28 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante radicado número 3095 del 27 de abril de 2005, la señora Dora Esperanza Acero Colmenares, identificada con c.c. número 40018081 de Tunja, actuando como gerente y representante legal de la empresa Inversiones Avila Acero y Cía. S. en C., solicitó licencia ambiental para la explotación de un yacimiento de carbón localizado en el área otorgada mediante el contrato de concesión minera número 748T vereda Cómeza Resguardo, jurisdicción del municipio de Socotá:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31, ordinal 9, 51 y 53 de la Ley 99 de 1993 y 9° numeral 1 del Decreto 1180 de 2003, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para conocer de la presente solicitud;

Que el artículo 200 del Código de Minas establece que los estudios y trabajos de exploración técnica y los de viabilidad ambiental de la explotación objeto del título minero, se ejecutarán en forma simultánea y coordinada procurando su mayor eficacia;

Que esta Corporación dispone de suficiente información sobre la línea base ambiental del área de su jurisdicción donde se desarrollan actividades de exploración y explotación de carbón, lo que ha permitido diseñar términos de referencia genéricos para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental para los proyectos de explotación minera, teniendo en cuenta la uniformidad de las características de la zona de interés, los requisitos técnico-ambientales exigidos para este tipo de estudios y las directrices impartidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que teniendo en cuenta lo anterior y el hecho que el artículo 199 del Código de Minas faculta a las autoridades ambiental y minera para la adopción de términos de referencia normalizados aplicables en la elaboración, presentación y aprobación de estudios en el orden ambiental para el sector de la minería, lo cual tiene por objeto facilitar y agilizar las actuaciones de las autoridades y los particulares; se considera procedente hacer entrega al solicitante de la licencia de los términos de referencia genéricos que deberán ser tenidos en cuenta en la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para la explotación de carbón, en un área ubicada en la vereda Cómeza Resguardo, jurisdicción del municipio de Socotá;

Que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR