Auto de 2016, por el cual se da inicio a una actuación administrativa tendiente a establecer la real Situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50S-284270 y sus segregados - 8 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649011461

Auto de 2016, por el cual se da inicio a una actuación administrativa tendiente a establecer la real Situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50S-284270 y sus segregados

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49990

Expediente número A.A. 122 de 2016.

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá-Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas por el artículo 22 del

Decreto 2723 de 2014, la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011.

CONSIDERANDO: DISPONE:

Artículo 1º

Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50S-284270, 50S-240710, 50S-906867, 50S-1041456, 50S-1041457, 50S-1110820, 50S-1110821, 50S-986068, 50S-1041454, 50S-1041455, 50S-1134051, 50S-986069, 50S-1122107, 50S-40015754, 50S-986070, 50S-1110822, 50S-1110823, 50S-1110824 y 50S-1122240 por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto. Fórmese el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º Durante la actuación administrativa, y hasta antes de proferir decisión de fondo, se ordena allegar, aportar, pedir y practicar, de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Artículo 3º Comunicar el contenido de la presente providencia, conforme lo indica el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, a:
  1. Álvaro Torres Mantilla (Transversal 7 Este 1 39 Sur de la ciudad de Bogotá).

  2. Instituto de Desarrollo Urbano IDU (Calle 22 9-20 de la ciudad de Bogotá) para lo pertinente dentro del proceso ejecutivo 8698/01 por valorización por beneficio local en contra de Álvaro Torres Mantilla y Arturo Torres Sánchez.

  3. Luis Alfredo...

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