Auto de 2016, por el cual se Inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40431162 - 30 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656605509

Auto de 2016, por el cual se Inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria número 50S-40431162

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50102

Expediente número A.A. 097 de 2016.

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO QUE:

RESUELVE:

Artículo 1º Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria número 50S-40431162, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto

Fórmese el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Artículo 3º Comunicar y enviar copia del presente auto a los señores Eliécer Garzón Barrero y Efraín Garzón Barrero; y de no ser posible procédase de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2014.
Artículo 3º Comunicar y enviar copia del presente auto al Juzgado Décimo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá para que obre dentro del proceso ejecutivo número 11001400305920130031400, y en respuesta a sus oficios 0339 del 25 de abril de

2016 y 1790 del 31 de octubre de 2016.

Artículo 4º Publicar el presente auto de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º Contra el presente auto, no procede...

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