Auto de 2016, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40185166 - 7 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 670880213

Auto de 2016, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40185166

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50168

Expediente número A.A. 335 de 2016.

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá-Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 22 del Decreto número 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,

CONSIDERANDO QUE:

RESUELVE:

Artículo 1º Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria número 50S-40185166, por las razones expuestas en la parte motiva del presente auto

Fórmese el expediente respectivo según lo establecido en el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 2º Durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo, allegar, aportar, pedir y practicar de oficio o a petición del interesado, sin requisitos especiales, las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Artículo 3º Comunicar y enviar copia del presente auto a los señores Yenny Carolina Castellanos Cubillos; y de no ser posible procédase de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2014.
Artículo 3º Comunicar y enviar copia del presente auto al Juzgado 034 Civil Municipal de Bogotá, D

C., para que obre dentro del Proceso Ejecutivo Singular número 2015-16610.

Artículo 4º Publicar el presente auto de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º Contra el presente auto, no procede recurso alguno en sede gubernativa

Artículo 6º. El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición...

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