Auto de 2016, por medio de la cual se inicia una actuación administrativa - 29 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656601913

Auto de 2016, por medio de la cual se inicia una actuación administrativa

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50101

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Centro, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 1437 de 2011, 1579 de 2012 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 2723 de 2014, y

CONSIDERANDO QUE: DISPONE:

Primero. Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la situación jurídica del inmueble con matrícula número 50C-1341096, en relación con su actual anotación 12, turno de radicación número 2014-48140, por el cual se inscribió el oficio número 172 de 25-03-2014, Juzgado 15 Civil Municipal de Descongestión de Bogotá, en consecuencia bloquear la matrícula hasta la culminación de la presente actuación administrativa.

Segundo. Incorporar a esta actuación las pruebas que fueron allegadas por la peticionaria, como las recaudadas previamente para este estudio y ordenar practicar las pruebas que se requieran y resulten de la actuación, para adelantar el presente proceso, para que obren como pruebas dentro de la misma, que reposan en el área de microfilmación de la Oficina de Registro de Bogotá Zona Centro, a la Coordinadora Grupo de Gestión Tecnológica y Administrativa.

· Impresión oficio de embargo número 2805 de 14-12-2010 Juzgado 38 Civil Municipal de Bogotá, Radicación 2011-31371, junto con el formulario de calificación, Matrícula número 50C-1341096.

· Impresión oficio de embargo número 172- de 25-03-2014 Juzgado 15 Civil de Descongestión. Radicación 2014-48140, junto con el formulario de calificación.

Tercero. Comunicar este acto administrativo, como terceros determinados e indeterminados, a los señores: Blanca Dolly Duarte Caro, Multifamiliar San Lorenzo Propiedad Horizontal, Olga Irene Ruiz Henao y Juzgado 15 Civil Municipal de Descongestión de Bogotá y Juzgado 38 Civil Municipal de Bogotá, informándoles que contra el presente auto de trámite no...

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