Auto de 2017, por el cual se corrige el Auto de diciembre 20 de 2016, por el cual se inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de Matrícula Inmobiliaria número 340-7650 - 10 de Abril de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 677364113

Auto de 2017, por el cual se corrige el Auto de diciembre 20 de 2016, por el cual se inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de Matrícula Inmobiliaria número 340-7650

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo
Número de Boletín50202

Expediente número 18 - 2016

El Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por las Leyes 1579 de 2012, 1437 de 2011 y 21 de 2011, y

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º Corregir la parte resolutiva del Auto del 20 de diciembre de 2016, por el cual se inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 340-7650, en cuanto al orden consecutivo de los artículos, de la siguiente manera:

Artículo 1º. Iniciar actuación administrativa con el objeto de que el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 340- 7650, exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia.

Artículo 2º Conformar el expediente, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 3º

Comunicar el contenido de este acto administrativo por medio de la Coordinación del Grupo de Gestión Jurídica Registral de esta Oficina, a los señores Dinora Luz Blanco Pérez, Luz Helena Martínez Osorio, Ángel Eustorgio Viloria Mercado, Janio Alberto Viloria Mercado, Robert Eustorgio Viloria Alviz, Janio Alberto Viloria Alviz, Jairo Pones Ríos, Matilde Deulofeut Escobar, Manuel Guarín Luna, Yadira del Carmen de la Rosa Támara, Rosiris del Socorro Támara Acosta, Marta Catalina Benítez Contreras, Luis Manuel Monterroza Martínez, Élver Manuel Romero Pastrana, Darío José Villadiego Borja, Mary Margoth Mercado de Baldovino, William Rafael Gómez Ayala, Darío José Villadiego Borja y Salom Gomes Cásseres, así como a la Asociación de Iglesias Evangélicas del Caribe y a Promigás S.A. E.S.P., terceros determinados, para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos.

De no ser posible dicha comunicación o tratándose de terceros indeterminados la información se divulgará a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado. gov.co...

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