Auto de 2017, por medio del cual se inicia una actuación administrativa en virtud de la instrucción 11 de 30-07-2015 - 21 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 751765733

Auto de 2017, por medio del cual se inicia una actuación administrativa en virtud de la instrucción 11 de 30-07-2015

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50814

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Centro, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 1437 de 2011, 1579 de 2012 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto número 2723 de 2014, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante Derecho de Petición radicado 50C2017ER7641 de 25-04-2017, el señor Andrés Felipe Restrepo Posada, identificado con la cédula de ciudadanía número 71276411, solicita a la oficina de registro que como ciudadano preocupado por la trasparencia y la legalidad, adjunta fotocopia del certificado de tradición correspondiente a la matrícula inmobiliaria 50C-225308, en el cual se observa que los actos de compraventa indicados en las anotaciones 7 y 8, escrituras 0556 y 3876 fueron tramitadas ambas un primero de enero de 1994 en la Notaría 14 de Bogotá siendo festivo, cuando realmente dichas escrituras número 0556 y 3876 de acuerdo a copia que se adjunta hacen referencia la primera a disolución de sociedad conyugal y la otra a una constitución de sociedad que no tiene nada que ver con la compraventa inmobiliaria.

Como se requirió al peticionario mediante Comunicación número 50C-2017EE07867 de 08- 05-2017, indicará las calidades en que actúa, como quiera que no es titular del bien inmueble y además debía adjuntar el denuncio penal a fin de reunir requisitos de acuerdo con lo contemplado en la Instrucción 11 de 2015, por lo que dando alcance a la primera petición con el Radicado número 50C2017ER8701 de 12-05-2017, el peticionario adjunta Denuncio Penal, como copia las escrituras a que hace referencia, que trata de contratos, partes, y fechas de escrituración diferentes, de los registros irregulares en el folio de matrícula número 50C-225308.

Pero independiente de ello, se puede observar que las anotaciones 07 y 08 que se encuentran inscritas en el folio de matrícula número 50C-225308, corresponden a los siguientes documentos:

Anotación 007 de fecha 01-01-1994 Radicación 1994-14885, Escritura 0556 de 01-011994 Notaría 14 de Bogotá, compraventa de: Marcos Gleiser e hijos Ltda. a: Gleiser Dobr Innsky David.////. Anotación 08 de 01-01-1994, Radicación 1994-64779, Escritura 3876 de 01-01-1194 Notaría 14 de Bogotá, de: Gleiser Dobrzynsky David a: Salgado de Gómez Ana Judith, de las cuales se observa que se trata de escrituras con una numeración muy elevada (0556 y 3876) para ser del 1º de enero del referido año y además se observa que fueron inscritas también el mismo 1º de enero, cuando tanto para la notaría, como para la oficina de registro, era día festivo y no se laboraba en ninguno de los dos despachos.

Por lo que solicita que dichas escrituras nada tienen que ver con el referido folio de matrícula y que se adelanten las actuaciones pertinentes teniendo en cuenta los artículos 13 y 16 del Decreto número 2723 de 29-12-2014, además que adjunta la denuncia penal en contra de la señora Ana Judith Salgado de Gómez, por los delitos de falsedad en documento públicos y otros.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO:

Teniendo en cuenta lo precisado por el peticionario y su solicitud, se hace necesario a fin de evaluar los documentos que se encuentran inscritos en el folio de matrícula citado, como quiera que dichas inscripciones se presumen auténticas y se reputan veraces, mientras no sean desvirtuadas, las cuales se confrontarán con las pruebas que se han allegado por el peticionario a esta actuación y las que se ordenen por parte de la Oficina de registro, donde presuntamente los documentos inscritos en las anotaciones 07 y 08, del folio de matrícula número 50C-225308, se tratan de documentos obtenidos de manera fraudulenta, situación que generaría inseguridad jurídica respecto a la verdadera situación del inmueble, posiblemente por ser...

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