Auto de 2018, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria número 357-43677 - 24 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 747954605

Auto de 2018, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria número 357-43677

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Espinal, Tolima
Número de Boletín50787

Expediente 2018-357-AA-02

El Registrador de Instrumentos Públicos de la Oficina de Registro Seccional del Espinal, en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 1437 de 2011, la Ley 1579 de 2012, Decreto 2723 del 29-12-2014 y teniendo en cuenta los siguientes:

HECHOS Y ANTECEDENTES:

DISPONE:

Artículo 1º Iniciar

actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria número 357-43677, según lo considerado.

Artículo 2º Bloquear

el folio de matrícula inmobiliaria número 357-43677, remitiendo cualquier solicitud de registro a este expediente para evitar decisiones contrarias, de acuerdo con lo motivado.

Artículo 3º Notificar

este auto a: Armando Moreno Vargas, Juan José Moreno Vargas, Al- rio Moreno Vargas, María Heliodora Moreno Vargas, María de los Ángeles Moreno de Carrasco, Rebeca Moreno de Ramírez, María de la Cruz Moreno de Vargas, Dabeiba Moreno de Vásquez, Carlos Andrés Giraldo Moreno, Licenia Moreno, Ferney Moreno, Eusebio Moreno Vargas y a María Ermelinda Vargas Vda. de Moreno, a los herederos de Sol Marina Moreno Vargas, Olinda Moreno Granrio Moreno Vargas, a los terceros determinados e indeterminados y para tal efecto se publicará este auto en la página web de la entidad y en un diario de amplia circulación a costa de la parte solicitante, según lo preceptuado en la Ley 1437 de 2011, según lo considerado.

Artículo 4º Fórmese

el expediente de conformidad a lo establecido en la Ley 1437 de

2011.

Artículo 5º El presente auto rige a partir de la fecha de su expedición.

Notifíquese y cúmplase.

Dado en el Espinal...

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