Auto de 2019, por el cual se inicia una actuación administrativa tendiente a establecer la real y verdadera situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 051-16644. Expediente número 051-AA. 001-2019
Emisor: | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soacha, Cundinamarca |
El Registrador Seccional de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soacha, Cundinamarca, en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas por el artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la Ley 1579 de 2012 y la Ley 1437 de 2011
CONSIDERANDO QUE:
ANTECEDENTES
Mediante solicitud enviada al área de especializados, por parte del señor Registrador de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soacha, Cundinamarca, quien al observar que la anotación 29 del folio de matrícula no es procedente su registro de embargo por cuanto el demandado ya no es titular del derecho real de dominio, se estudie la viabilidad de dejar sin valor ni efecto jurídico la anotación mencionada.
CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE REGISTRO
Del estudio realizado al Folio de Matrícula 051-16644, se observa que corresponde a un predio ubicado en la carrera 3 Este Nº 26-25 del Conjunto Residencial San Mateo, de su tradición se observa que contiene un total de 29 anotaciones, de donde se extrae que en su última anotación está registrado el Oficio número 2918 de fecha 10-08-2018 ordenado por el Juzgado Séptimo de Familia de Bogotá, embargo de Loaiza Liscano Olga a: Suárez López Tito Hernando.
Que en la anotación 16 se registró la Escritura número 5399 de fecha 08-09-2003 de la Notaría 24 del circulo de Bogotá, compraventa de Ortiz Suárez José Alonso a Ríos Pulido Luz Amalia y Suárez López Tito Hernando.
Que en la anotación 25 se inscribió la sentencia de fecha 14-03-2013 ordenada por el Juzgado Primero de familia del Circuito de Soacha, acto registrado adjudicación liquidación de sociedad...
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