Auto 254 - 15 de Octubre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43142882

Auto 254

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44194

DIARIO OFICIAL 44.194 AUTO 254 28/04/2000 Que el día 26 de abril de 2000, el señor Luis Orlando Grimaldos Rincón, en su calidad de Alcalde Municipal de Cerinza, presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, "Corpoboyacá", una solicitud tendiente a obtener concesión de aguas a derivar de la fuente denominada Quebrada El Uche, ubicada en la vereda La Meseta del municipio de Cerinsa, para destinarla a satisfacer necesidades de uso doméstico, abrevadero y riego, en beneficio de 35 familias habitantes de la vereda La Meseta del municipio de Cerinza. ¿ Que para el efecto el solicitante presenta los siguiente documentos: · Oficio de petición. · Formularios expedidos por Corpoboyacá, debidamente diligenciados. · Listado de censo de usuarios. · Fotocopia de certificado de representación legal de la asociación de usuarios del acueducto de la vereda La Meseta del municipio de Cerinza. · Análisis físico, químico y bacteriológicos de las aguas de la fuente. · Acta de compromiso de la alcaldía, de fecha 4 de abril de 2000. · Plano de ubicación de la fuente. Que la Secretaria General al estudiar los documentos anexados ha encontrado que no se reúnen los requisitos legales para este tipo de solicitudes y por lo tanto, DISPONE: Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Luis Orlando Grimaldos Rincón, en su calidad de Alcalde Municipal de Cerinza, tendiente a obtener concesión de aguas a derivar de la fuente denominada Quebrada El Uche, ubicada en la vereda La Meseta del municipio de Cerinza, para destinarla a satisfacer necesidades de uso doméstico, abrevadero y riego, en beneficio de 35 familias habitantes de la vereda La Meseta del municipio de Cerinza. Segundo. La admisión de la solicitud dispuesta en este auto, no obliga a Corpoboyacá a otorgar la concesión de aguas solicitada. Parágrafo. Infórmese al peticionario en el momento de la notificación de la presente disposición, que deberá presentar dentro de los quince días siguientes a la misma, los siguientes...

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