Auto 830-01 - 21 de Octubre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43182758

Auto 830-01

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44971

Que el día 7 de diciembre de 2001, el señor Héctor Abelino Ramírez, en su calidad de Representante de la Junta Administradora del Acueducto Cuchurí, de la vereda Los Naranjos, del municipio de Pesca, presentó ante la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, ¿Corpoboyacá¿, solicitud tendiente a obtener concesión de aguas, a derivar de la fuente denominada Nacimiento San Rafael Cuchurí, ubicada en la vereda Naranjos, del municipio de Pesca, para destinarla a satisfacer necesidades de uso doméstico, en beneficio de 6 familias habitantes de la vereda Naranjos, del municipio de Pesca;

Que Corpoboyacá es competente para conocer el trámite de la presente petición, de acuerdo con lo normado en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993;

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993 determina que Corpoboyacá es un ente corporativo de carácter público, creado por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotado de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por ley de administrar dentro del área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente;

Que de conformidad con el artículo 53 de la Ley 99 de 1993, el artículo 8º del Decreto 1753 de 1994, Decreto 1791 de 1996, Decreto 2811 de 1974 y Decreto 1541 de 1978, Corpoboyacá es la autoridad ambiental competente para expedir y efectuar el seguimiento de las licencias ambientales, concesiones, permisos y autorizaciones que le corresponda otorgar;

Que la Secretaría General, al estudiar los documentos presentados por el interesado, ha encontrado que no se reúnen los requisitos legales establecidos para avocar conocimiento con respecto a esta clase de solicitudes;

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Secretaría General de Corpoboyacá,

DISPONE:

Primero. Admitir la solicitud presentada por el señor Héctor Abelino Ramírez, en su calidad de Representante de la Junta Administradora del Acueducto Cuchurí, de la vereda Los Naranjos, del municipio de Pesca, tendiente a obtener concesión de aguas, a derivar de la fuente denominada Nacimiento San Rafael Cuchurí, ubicada en la vereda Naranjos, del municipio de Pesca, para destinarla a satisfacer necesidades de uso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR