Auto DRP 323 - 14 de Marzo de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43205326

Auto DRP 323

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Territorial Putumayo
Número de Boletín45490

El Director Regional Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus facultades legales especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, artículo 31 numerales 2, 9 y 12, artículos 35 y 49, Decreto 2811 de 1974, Decreto 1753 de 1994, artículo 8º, numeral 15, y

TENIENDO EN CUENTA:

Que Corpoamazonia ejerce la función de máxima autoridad ambiental en el Sur de la Amazonia colombiana y, en cumplimiento del artículo 31, numeral 12 de la Ley 99 de 1993, le corresponde realizar la evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y demás recursos naturales renovables que comprenda vertimientos, emisiones o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus aguas el aire al suelo, facultad que comprende la expedición de las respectivas licencias ambientales y demás actos de autoridad ambiental del caso;

Que el día 4 del mes de junio de 2002, se recibió en la Unidad Operativa Zona Petrolera oficina la Valle del Guamuez, de la Dirección Regional Putumayo de Corpoamazonia, por parte del señor Flover Edmundo Meza Sevillano, identificado con cédula de ciudadanía número 18122458 de Mocoa, Putumayo, en su calidad de alcalde municipal, la solicitud del trámite "Canalización de Quebrada", ubicado en el casco urbano de la inspección de policía El Tigre, municipio Valle del Guamuez, departamento del Putumayo;

Que según la solicitud, canalización quebrada, se tiene las siguientes características:

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