Auto de modificación número 2 de 2014, por el cual se adiciona la actuación administrativa correspondiente al expediente número 040-AA-2013-49 mediante la cual se inició actuación para establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 040-62887. EXPEDIENTE NÚMERO 040-AA-2013-49 - 24 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 550595730

Auto de modificación número 2 de 2014, por el cual se adiciona la actuación administrativa correspondiente al expediente número 040-AA-2013-49 mediante la cual se inició actuación para establecer la real situación jurídica del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 040-62887. EXPEDIENTE NÚMERO 040-AA-2013-49

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla
Número de Boletín49375

El Registrador de la Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos de Barran-quilla (Atlántico), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos (Ley 1579/2012), el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437/2011) y el Decreto número 2163 de 2011 procede a hacer una adición a la actuación administrativa expediente número 040-AA- 2013-49, tendiente a establecer la real situación jurídica de unos folios de matrícula inmobiliaria, previas las siguientes.

CONSIDERACIONES:

DISPONE:

Primero. Adicionar la Actuación Administrativa número 040-AA-2013-49, con el fin de aclarar las presuntas irregularidades registrales con relación al tema de área y linderos del globo de terreno identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 040-62887, y todos los folios que de esta matrícula se segregaron y subsegregaron, así como las demás irregularidades que se identifiquen dentro de la presente actuación.

Segundo. Ordenar el Bloqueo Preventivo de los folios de matrícula inmobiliaria que se relacionan en el siguiente cuadro con el fin de establecer la verdadera y real situación jurídica de los inmuebles de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa, a fin de evitar que se publiciten documentos públicos o se expidan certificados de tradición, hasta tanto se decida sobre su situación jurídica.

[VER PDF ADJUNTO]

Tercero. Incorpórese el presente auto debidamente foliado al expediente conforme lo ordena el artículo 36 del C.P.A. y de lo C.A.

Cuarto. Vincúlese al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y a la Dirección General Marítima (Dimar) con el fin de que se pronuncien sobre los hechos que motivan la presente actuación administrativa.

Quinto. Notificar personalmente el contenido del presente auto al alcalde del municipio de Tubará, y a todas las personas que tengan intereses dentro de la presente actuación, así como a terceros indeterminados. De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá mediante aviso (artículos 66 y ss. del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

Sexto. Publíquese el presente auto en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados o en el Diario Oficial a costa de esta oficina, conforme lo dispone el...

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