Auto número 000038 de 2017, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-390530, de conformidad con lo establecido en la Instrucción Administrativa 11 de 2015 - 25 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743833645

Auto número 000038 de 2017, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-390530, de conformidad con lo establecido en la Instrucción Administrativa 11 de 2015

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50757

Expediente 404 de 2016.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 a 40 de la Ley 1437 de 2011, artículo 22 del Decreto 2723 de 2014, la I.A. 11 de 2015 de la Superintendencia de Notariado y Registro,

CONSIDERANDO: DISPONE:

Primero. Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-390530 de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Segundo. Conformar el expediente 404 de 2016, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Tercero. Ordenar la práctica de pruebas y allegar las informaciones que sean necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 ibídem y, en especial, las ordenadas en la Instrucción Administrativa 11 de 2015, como lo son:

3.1. Oficiar a la Notaría 14 de Bogotá, para que certifique a qué corresponde en su protocolo la Escrituro Pública 204 del 10 de febrero del 2010 y envíe copia auténtica del título que reposa en sus archivos.

3.2. Oficiar a la Notaría 49 de Bogotá, para que certifique a qué corresponde en su protocolo la Escritura Pública 552 del 28 de abril del 2015 y envíe copia auténtica del título que reposa en sus archivos,

3.3. Oficiar a la Notaría 47 de Bogotá, para que certifique a qué corresponde en su protocolo la Escritura Pública 3527 del 22 de septiembre del 2015 y envíe copia auténtica del título que reposa en sus archivos.

3.4. Oficiar al Juzgado 40 Civil del Circuito, para que certifique el estado actual del proceso con Referencia 2012-0329 y si el Oficio 1863 del 28 de mayo de 2014 fue emitido por ese Despacho.

3.5. Oficiar al Juzgado 60 Civil Municipal, para que certifique el estado actual del proceso con Referencia 11001-40-03060-1999-09600-00 y si el Oficio 0614 del 9 de julio de 2014, fue emitido por ese Despacho.

3.6. Oficiar al doctor Rafael Gil Carranza, con el fin de que aporte el poder que lo acredita como apoderado judicial del señor Wesley Osborne Doggett.

Cuarto. Comunicar el contenido de este acto administrativo a los señores Wesley Osborne Doggett, a su apoderado Rafael Gil Carranza, a Mireya Melendro Andrade, en calidad de demandante dentro del proceso ejecutivo singular con Referencia 11001-4003060-1999-09600-00 que se adelanta en el Juzgado 60 Civil Municipal; a Alfredo...

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