Auto número 00050 de 2019, por medio del cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica delfolio de matrícula inmobiliaria 50N-20665546, Exp. AA304 de 2016 - 16 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 809562381

Auto número 00050 de 2019, por medio del cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica delfolio de matrícula inmobiliaria 50N-20665546, Exp. AA304 de 2016

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín51047

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 al 40 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto número 2723 de 2014 e Instrucción Administrativa 11 de 2015 de la SNR, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante oficio radicado bajo número 50N2016ER15210 de 17/08/2016, el señor Juan Manuel Torres G., en calidad de interesado le solicitó a la Oficina de Registro que se tomaran las medidas administrativas pertinentes al tenor de la instrucción 11 de fecha 30 de junio de 2015 toda vez que mediante el oficio número 873 del 25 de julio de 2016 contentivo del acto de cancelación de medida cautelar con relación al folio 50N-20665546 no fue proferido por el Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá.

Posteriormente, mediante oficio con número de radicado 50N2016ER16810 del 6 de septiembre de 2016, el Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá, le informó a la Oficina de Registro que ese despacho no había ordenado el levantamiento de la medida cautelar comunicada a esta oficina mediante oficio número 709 del 16 de junio de 2016 sobre el inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 50N-20665546 y como consecuencia el embargo se encontraba vigente, advirtiendo que el oficio número 873 del 25 de julio de 2016 era apócrifo.

Mediante oficio con número de consecutivo 50N2016EE35866 del 3 de noviembre de 2016 la Coordinadora del Grupo de Gestión Jurídico Registral le informó al Juzgado 11 Civil del Circuito de Bogotá, que para proceder a dejar sin valor y efecto jurídico la anotación número 15 del folio 50N-20665546 bajo la cual se inscribió el oficio número 873 del 25 de julio de 2016 el cual presuntamente no fue proferido por ese despacho, se requería que se enviara la copia de la denuncia penal interpuesta por esos hechos para que se diera inicio a la respectiva actuación administrativa. Así mismo se...

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