Auto número 00091 de 2018, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 50N-538210, 50N-538211, 50N-538219, 50N-538226, 50N-20270163 50N-20270164y 50N-20270190 - 3 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 744759049

Auto número 00091 de 2018, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 50N-538210, 50N-538211, 50N-538219, 50N-538226, 50N-20270163 50N-20270164y 50N-20270190

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50766

Expediente número 240 de 2018

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 34 al 40 de la Ley 1437 de 2011 y 22 del Decreto número 2723 de 2014

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Primero. Iniciar actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 50N-538210, 50N-538211, 50N-538219, 50N-538226, 50N-20270163, 50N-20270164 y 50N-20270190 de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Segundo. Conformar el Expediente número 240 de 2018, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1437 de 2011.

Tercero. Ordenar la práctica de pruebas y alléguense las informaciones que sean necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 ibídem, y en especial las ordenadas en la Instrucción Administrativa número 11 de 2015.

Cuarto. Comunicar el contenido de este acto administrativo a: 50N-538210, 50N-538211, 50N-538226 y 50N-538229: Leasing Bancolombia S. A., Compañía de Financiarmento; 50N-20270163, 50N-20270164 y 50N-20270190: Fumigaciones Aéreas Valle Ltda. (Fumivalle), para que puedan constituirse como parte y hacer valer sus derechos; de no ser posible dicha comunicación, o tratándose de terceros indeterminados la información se divulgará con la publicación en Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, www.supernotariado.gov. co. (Artículo 37 ibídem.). Oficiar.

Quinto. Ordenar el bloqueo de los...

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