Auto número 00096 de 2018, por el cual se inicia actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 50N-767494
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá |
Número de Boletín | 50755 |
Expediente 278 de 2018.
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 22 del Decreto número 2723 de 2014.
CONSIDERANDO QUE:
Mediante el turno de corrección C2018-4401 de fecha 25 de febrero de 2018, los señores Ernesto Moreno Restrepo y Adriana Herrera Beltrán, identificados con los documentos de identificación números 19259027 y 51748714 respectivamente; solicitan que se realicen las siguientes correcciones al folio de matrícula inmobiliaria 50N-767494:
Los actos que aparecen inscritos en las anotaciones tres (003) y seis (006) del folio de matrícula inmobiliaria 50N-767494 se registraron como vente código 707y compraventa código 0125, lo que constituye un error; ya que se debieron haber realizado las inscripciones como compraventa de derechos y acciones código 0607falsa tradición, por cuanto la anotación uno (001) figura en el folio de matrícula indicado como "liquidación de la comunidad sobre derechos y acciones (sucesión ilíquida de Hipólita Rodríguez). Con las correcciones que se solicitan se ajusta a la realidadjurídica la situación del inmueble.
Posteriormente, mediante oficio 50N2018IE00201 de fecha 30 de mayo de 2018, el Grupo de Gestión Jurídica Registral - Correcciones remitió a la Coordinación del Grupo Jurídico Registral el turno de corrección C2018-4401 con el fin que fuera enviado a la dependencia de abogados especializados con el fin de establecer la real situación jurídica de la matrícula 50N-767494. Por lo que se solicita cambiar a falsa tradición por cuanto en la anotación 1 se encuentra el registro de la liquidación de la comunidad sobre derechos y acciones - sucesión ilíquida de Hipólita Rodríguez y los demás registros se encuentran como transferencias plenas.
Estudiado lo expuesto por el Grupo de Gestión Jurídica Registral - Correcciones y revisado el Sistema Registral e Iris Documental se encuentra lo siguiente:
1. Por medio de la escritura pública número 94 del 23 de agosto 1943 de la Notaría de Sesquilé, los señores Julio Rodríguez y María Trinidad Rodríguez de Piedra, realizaron la liquidación de la comunidad sobre derechos y acciones (sucesión ilíquida de Hipólita Rodríguez) con relación a un lote de terreno denominado el Chuscal ubicado en la vereda de Chaleche municipio de Guatavita, con una extensión de 4800 metros cuadrados...
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