Auto número 018 de 2017, por medio del cual se inicia una Actuación Administrativa para establecer la situación jurídica real de los folios de Matrícula Inmobiliaria números 062-13671, 062-381 - 10 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 679098777

Auto número 018 de 2017, por medio del cual se inicia una Actuación Administrativa para establecer la situación jurídica real de los folios de Matrícula Inmobiliaria números 062-13671, 062-381

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Carmen de Bolívar
Número de Boletín50229

La Registradora Seccional de Instrumentos Públicos de El Carmen de Bolívar, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 1579 de 2012, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de enero 18 de 2011) y el Decreto número 2163 de 2011, procede a iniciar Actuación Administrativa,

CONSIDERANDO QUE: DISPONE:

Artículo 1º Iniciar la Actuación Administrativa, tendiente a definir la real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de Matrícula Inmobiliaria números 062-13671, 062-381, conforme a los hechos planteados en la parte motiva.
Artículo 2º Conformar el respectivo expediente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 del CPACA.
Artículo 3º

Cítese para Notificación a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la actuación, a: Numidia Esther Castro Suárez, Fideicomiso número 7321359 NIT 830055116-3 y personas indeterminadas que se crean con derecho a intervenir en esta actuación, de no ser posible la comunicación de manera personal a través de correo electrónico, esta se divulgará por edicto o a través de un medio masivo de comunicación nacional o local, o en el Diario Oficial a costa de esta Oficina según el caso, de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 del CPACA.

Artículo 4º Pruebas.

Téngase como pruebas los documentos que reposen en el archivo de esta Oficina de Registro.

Ordenar la práctica de las siguientes pruebas, conforme al artículo 40 del CPACA.

- Las demás que se consideren necesarias, pertinentes, idóneas, eficaces y conducentes, que permitan esclarecer los hechos enunciados anteriormente dentro del trámite de la Actuación Administrativa.

Artículo 4º Bloquear las Matrículas números 062-13671, 062-381, a fin de evitar que se publiciten documentos públicos o se expidan certificados de tradición, hasta...

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