Auto número 060 de 2018, por el cual se da inicio a una Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria números 060-62793, 060-281471, 060-281472, 060-281473, 060-281474, 060-281475, 060-281476, 060281477, 060-281478, 060-281479 - 17 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 746179873

Auto número 060 de 2018, por el cual se da inicio a una Actuación Administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria números 060-62793, 060-281471, 060-281472, 060-281473, 060-281474, 060-281475, 060-281476, 060281477, 060-281478, 060-281479

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartagena, Bolívar
Número de Boletín50780

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Cartagena (Bolívar), en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos (Ley 1579/2012), el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437/2011), procede a iniciar una actuación administrativa previas las siguientes,

CONSIDERACIONES: RESUELVE:

Primero. Iniciar la actuación administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los inmuebles identificados con los folios de matrícula inmobiliaria números 060-62793, 060-281471, 060-281472, 060-281473, 060281474, 060-281475,060-281476, 060-281477, 060-281478, 060-281479, de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.

Segundo. Confórmese el Expediente, como lo dispone el artículo 36 de la Ley 1737 de 2011.

Tercero. Ordénase la práctica de pruebas, teniendo en cuenta que durante la actuación administrativa y hasta antes de proferir decisión de fondo se podrán allegar, aportar, pedir y practicar de oficio, o a petición de parte, sin requisitos especiales, las pruebas que sean pertinentes y conducentes para el esclarecimiento de los hechos.

Cuarto. Ofíciese a la Curaduría Primera de Cartagena, a fin de que certifique la existencia y validez de la Licencia número 268 del 8 de mayo de 2014, mediante la cual, se otorgó Licencia de Reloteo, a favor de Alfredo José Muñoz Velásquez, respecto del inmueble, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 06028768.

Quinto. Notifíquese personalmente a los señores Álvarez Orozco Martha Lucía, cédula de ciudadanía número 33104437, Galvis Duque Emilio Antonio, cédula de ciudadanía número 7449825, Leasing Bancolombia S. A., Compañía de

Financiamiento NIT 8600592943 - SE 127812032, Herrera Solanilla Mercedes Elena, cédula de ciudadanía número 45548807, Herrera Solanilla Luby, cédula de ciudadanía número 45762917, Merlano Villero Franklin José, cédula de ciudadanía número 9292220, Barrera Vertel Juan Gabriel, cédula de ciudadanía número 11155012, Pineda Puentes Jhonatan José, cédula de ciudadanía número 1047409534, Díaz Rangel Luz María, cédula de ciudadanía número 23045667, Lozano Peñaranda Jennifer, cédula de ciudadanía número 22800394, Mora Vega Erick, cédula de ciudadanía número 73583294, de no ser posible la notificación personal, esta se surtirá mediante aviso, según lo establecen los artículos 66 y subsiguientes del Código de Procedimiento...

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