Resolucion número 00141 de 1998, por la cual se autoriza la inscripción de un número mayor de renglones en las listas de Senado y Cámara
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 43221 |
La Registradora Nacional del Estado Civil (E), en uso de las facultades que le confiere el artículo 266 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 171 de la Constitución Política, en las votaciones del 8 de marzo de 1998 se deben elegir dos Senadores por circunscripción nacional especial por comunidades indígenas;
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 176 de la Constitución Política, los departamentos del Amazonas, Arauca, San Andrés (Islas), Caquetá, Casanare, Chocó, Guainía, Guaviare, La Guajira, Putumayo, Vaupés y Vichada, eligen dos representantes a la Cámara; y Meta, Quindío y Sucre eligen tres representantes;
Que el artículo 2º del Acto Legislativo número 3 de 1993, dispone que ningún cargo de elección popular en corporaciones públicas tendrá suplente y que las faltas absolutas o temporales serán suplidas por los candidatos que según el orden de inscripción en forma sucesiva y descendente, correspondan a la misma lista electoral,
RESUELVE:
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de enero de 1998.
La Registradora Nacional del Estado Civil (E),
Mariela Hernández de Domínguez.
(Cuenta de cobro).
* * *
Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia
ACTAS
Acta por la cual el Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia en Liquidación traspasa al Ministerio de Transporte el predio "Campamento de Las Flores Bocas de Ceniza", ubicado en la vía 40 número 85-200 de Barranquilla.
En la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., República de Colombia, a los 15 días del mes de enero de 1998, se reunieron de una parte el doctor José Henrique Rizo Pombo con cédula de ciudadanía número 881768 de Cartagena, obrando en nombre y representación de la Nación-Ministerio de Transporte, en su calidad de Ministro según Decreto de Nombramiento número 1504 del 6 de junio de 1997, debidamente facultado por el Decreto 2171 de 1992 y la Ley 80 de 1993, quien para los efectos de esta Acta se llamará el Ministerio y de otra parte el doctor Manuel H. Zabaleta Rodríguez, con cédula de ciudadanía número 19184397 de Bogotá, obrando en nombre y representación legal del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia en Liquidación, en su calidad de Director General, según Decreto de Nombramiento número 2327 de 1996, debidamente facultado por el parágrafo del artículo 14 del Decreto 1982 de 1997, quien para los...
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