Aviso - 13 de Diciembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43244614

Aviso

EmisorVarios
Número de Boletín46481

El Juzgado Doce de Familia de Bogotá, D. C.,

AVISA:

Que dentro del proceso de Interdicción de María Teresa Pinzon Velandia se profirió sentencia de primera instancia, de la cual se transcribe su fecha y parte resolutiva:

Juzgado Doce de Familia de Bogotá, D. C.

Diciembre 2 de 2005.

La señora Cecilia Díez Vargas, Procuradora Treinta y Siete Judicial II de Familia, instauró demanda a fin de obtener la declaración judicial de Interdicción por Demencia de la señora María Teresa Pinzón Velandia y se le designe a la señora Luz Myriam Pinzón Velandia como Curadora Legítima, en su calidad de madre de la misma.

Tras la exposición de motivos y en mérito de lo expuesto, el Juzgado Doce de Familia de Bogotá, D. C., administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,

RESUELVE:

Primero. Declarar en Interdicción Judicial por Enfermedad Mental a María Teresa Pinzón Velandia, nacida el 14 de septiembre de 1957.

Segundo. Señalar en consecuencia que la interdicta queda privada de administrar y disponer de los bienes que tenga o llegue a tener.

Tercero. Designar como Curadora Legítima de María Teresa Pinzón Velandia a su hermana, señora Luz Myriam Pinzón Velandia.

Cuarto. Proceda la Guardadora a la presentación del inventario de los bienes de su pupila dentro de los siguientes noventa (90) días al discernimiento del cargo.

Quinto. Posesionar a la Guardadora Legítima aquí designada para los efectos pertinentes. Sexto. Notificar esta providencia mediante Aviso que se insertará por los menos una vez en el Diario Oficial y en un diario de amplia cirgulación, como El Tiempo.

Séptimo. Inscribir la presente sentencia en el Registro Civil de Nacimiento de la interdicta. Octavo. Ordenar de conformidad con el artículo 386 del Código de Procedimiento Civil la consulta del presente proveído ante el honorable Tribunal Superior del Distrito Judicial ¿ Sala de Familia. Ofíciese.

Noveno. Notificar a la señora Agente del Ministerio Público para lo de su cargo. Notifíquese y cúmplase.

La Juez,

(Fdo.) Martha Ruth Ospina Gaitán.

Una vez surtida la consulta ante el Superior, se procede a transcribir la fecha y parte resolutiva de la decision del Juez ad quem, así:

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D. C. Sala de Familia

Bogotá, D; C., veintiséis (26) de julio de dos mil seis (2006).

Se decide por...

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