Aviso número 048 de 2021 - 9 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 858008239

Aviso número 048 de 2021

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51583

Bogotá, D. C.,

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG),

HACE SABER QUE:

De acuerdo con lo previsto en el numeral 73.11 del artículo 73 y en el literal d) del numeral 74.1 de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene entre sus funciones establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos, en cumplimiento de la cual expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 y 132 de 2018, y 011 de 2020, en adelante, la Metodología.

La empresa GLOBAL, REDES Y OBRAS S. A. S. ESP (en adelante la Empresa), mediante comunicación con radicado CREG E-2020-011626 del 23 de septiembre de 2020, solicitó la aprobación de cargos de distribución para el Mercado Relevante de Distribución para el siguiente período tarifario conformado como sigue:

Cuadro 1

A través del aplicativo Apligas, la Empresa cargó la información de su solicitud tarifaria bajo el número 2363.

Conforme a la solicitud tarifaria presentada, los cargos solicitados por la empresa para el mencionado mercado relevante son los siguientes:

En la solicitud tarifaria, la Empresa informa que el Mercado Relevante propuesto no cuenta con recursos públicos.

Verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Metodología, se encuentra procedente adelantar el análisis del estudio tarifario presentado por la Empresa para efectos de la aprobación del cargo de distribución de Gas Natural Comprimido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR