Avisos Judiciales - 17 de Marzo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43151232

Avisos Judiciales

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Número de Boletín44359

DIARIO OFICIAL 44.359 AVISOS JUDICIALES . 17/03/2001 El Juzgado Doce de Familia de Santa Fe de Bogotá, D. C., avisa que se decretó la interdicción provisional de Martha García González. El Juzgado Doce de Familia de Santa Fe de Bogotá, D. C., AVISA: Que dentro del proceso de Interdicción de Martha García González, se dictó una providencia que se transcribe: ¿Juzgado Doce de Familia de Bogotá, D. C. ¿Veintitrés (23) de octubre de dos mil (2000) ¿Teniendo en cuenta que la presente demanda reúne los requisitos legales, el Juzgado dispone: ¿1. Admitir la presente demanda instaurada por el señor Juan Carlos García González a través de apoderada a fin de obtener la Interdicción Judicial de la señora Martha García González, hija de la señora María Josefa González de García y Luis María García Caicedo. La acción es procedente y ha reunido las exigencias legales. Por ello, se dispone. ¿2. Dar a la presente acción el trámite previsto en el Título XXXII del Código de Procedimiento Civil. ¿3. Notificar a la señora Agente del Ministerio Público para lo de su cargo. ¿4. De conformidad al artículo 446 del Código de Procedimiento Civil, mediante edicto emplazatorio cítese a las personas que se crean con derecho a ejercer la guarda o curaduría de la presunta interdicta. Por Secretaría procédase de conformidad. ¿5. Ordenar la práctica del examen médico legal por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a fin de establecer el estado de salud mental de la presunta interdicta. Líbrese oficio. Se reconoce personería a la doctora María Ligia Rueda Chávez, como apoderada del interesado en los términos y para los efectos del poder conferido. Interdicción Provisoria. ¿6. Decretar la Interdicción Provisional de la señora Martha García González y en consecuencia se designa como Curador Provisional de la presunta Interdicta, al señor Juan Carlos García González. Comuníquesele su nombramiento telegráficamente y désele posesión en día y hora hábil. Cumplido lo anterior, así como la presentación del inventario solemne, se le discernirá el cargo, de conformidad al artículo 659,...

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