Avisos Judiciales - 27 de Noviembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167847

Avisos Judiciales

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Número de Boletín44628

DIARIO OFICIAL 44.628 AVISOS JUDICIALES . 27/11/2001 El Juzgado Segundo Promiscuo de familia de Envigado, Antioquia, certificado médico allegado es fundamento suficiente con la demanda para decretar la interdicción provisional de Rosa Julia Guzmán Vargas. El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Envigado, Antioquia, Noviembre 8 de 2001 Como quiera que la anterior demanda de interdicción por demencia, reúne plenamente los requisitos formales contenidos en los artículos 75 y siguientes del C. de P. Civil, 659 ibídem, se admite. El certificado médico allegado con la demanda, visible a 2 folio 2 de este cuaderno, es fundamento suficiente para decretar la interdicción provisional solicitada, por dar cuenta del estado de demencia padecido por la señora Rosa Julia Guzmán Vargas. Por ello, el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Envigado (Antioquia), RESUELVE: 1. Admítese la anterior demanda, por reunir los requisitos de forma 2. Tramítese de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil, libro tercero, título XXXII - Trámite de Jurisdicción Voluntaria. 3. Notifíquese este auto al representante del Ministerio Público, a quien se le corre traslado de la demanda y sus anexos por el término de tres (3) días, para que pueda pedir pruebas. 4. Ordénase citar a los parientes más cercanos del presunto interdicto, de conformidad con lo previsto en el artículo 651 ibídem. 5. Decrétase la interdicción provisional de la señora Rosa Tulia Guzmán Vargas y desígnase como su curador provisional al señor Ricardo de Jesús Guzmán Vargas. Háganse las inscripciones de rigor en el registro civil de nacimiento de la presunta interdicta y...

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