Avisos Judiciales - 28 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43228062

Avisos Judiciales

EmisorVarios
Número de Boletín46045

Expediente número 5699-052-2002.

Que dentro del proceso de interdicción judicial, seguido en este Juzgado por Juan Norberto Calderón Granados, respecto de Inés Granados de Calderón, se profirió fallo que en su parte pertinente dice:

"Por lo expuesto el Juzgado Cuarto de Familia de San José de Cúcuta, Norte de Santander, administrando justicia en ¿ de la República de Colombia y por autoridad de la ley,

RESUELVE:

Primero. Decretar la interdicción definitiva de la señora Inés Granados de Calderón.

Segundo. Declárese que la señora Inés Granados de Calderón no tiene la libre administración ni disposición de sus bienes.

Tercero. Inscribir esta sentencia en el libro de bautismos 34, folio 123, marginal 1083 de la Parroquia de San José de Cúcuta, que correspondiente a la partida de bautizo de la incapaz anteriormente mencionada, y publíquese de la manera establecida en los artículos 536 del Código Civil, y 659 numeral 7 del Código de Procedimiento Civil, pudiendo ser El Tiempo, La República o El Siglo, sin olvidar que debe hacerse en el Diario Oficial.

Igualmente ofíciese a la Registraduría Nacional del Estado Civil, donde la incapaz se identifica con la cédula de ciudadanía número 27.576.739 de Cúcuta, apareciendo el último dato en el poder conferido por el demandante.

Cuarto. Nombrar como curadoras definitivas de la interdicta a sus hijas legítimas María de Jesús y Nancy Edelmira Calderón Granados, quienes no deberán prestar caución, con la advertencia sobre las obligaciones y responsabilidades que asumen.

Se les discernirá el cargo, con el cumplimiento de los requisitos legales, entre ellos la confección del inventario de bienes.

Quinto. Igualmente las curadoras deberán presentar cuentas de los bienes puestos bajo su administración cada tres meses.

Sexto. De conformidad al artículo 386 del Código de...

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