Resolución número 18 2087 de 2007 Por la cual se modifican los criterios de calidad de los biocombustibles para su uso en motores diésel como componente de la mezcla con el combustible diésel de origen fósil en procesos de combustión. - 21 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51682675

Resolución número 18 2087 de 2007 Por la cual se modifican los criterios de calidad de los biocombustibles para su uso en motores diésel como componente de la mezcla con el combustible diésel de origen fósil en procesos de combustión.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46849

de los planes, programas y proyectos con la oportunidad y periodicidad requeridas.

  1. Las demas funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Articulo 7° Subdireccion Administrativa y Financiera

Son funciones de la Subdireccion Administrativa y Financiera, las siguientes: 1. Asesorar al Director General en la formulacion de politicas para el adecuado manejo financiero y administrativo de la Entidad.

  1. Dirigir y coordinar las funciones administrativas y financieras de la Entidad, garantizando una optima utilizacion de los recursos.

  2. Velar por el cumplimiento de las normas legales organicas de la Institucion y las demas disposiciones que regulan los procedimientos y los tramites administrativos y financieros.

  3. Orientar y coordinar los procesos relacionados con la adquisicion y suministro de bienes y servicios bajo los lineamientos de la normatividad vigente sobre la materia.

  4. Orientar la administracion y el control de los bienes y equipos y en general de los activos de la Defensa Civil Colombiana.

  5. Dirigir y orientar los procesos de seleccion, induccion, bienestar, capacitacion y de salud ocupacional, de acuerdo con las politicas de la Direccion General y con las disposiciones legales vigentes.

  6. Dirigir y orientar los procesos relacionados con la seleccion, incorporacion, dotacion y seguro de los voluntarios de acuerdo con las politicas, normas y reglamentos que emita la Direccion General.

  7. Coordinar la prestacion de los servicios generales, seguridad, transporte y correspondencia que se requieran para el funcionamiento de la Entidad.

  8. Velar por la debida aplicacion del sistema de desarrollo administrativo, relacionado con las politicas, estrategias, metodologias, tecnicas y mecanismos de caracter administrativo y organizacional para la gestion y el manejo de los recursos humanos, tecnicos, materiales, fisicos y financieros de la Entidad, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales vigentes.

  9. Controlar el manejo de los recursos financieros para que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos y con las normas organicas del Presupuesto Publico Nacional.

  10. Orientar los procesos de recaudo y pago de las obligaciones a cargo de la Entidad, asi como supervisar el mantenimiento de la informacion contable y la elaboracion y presentacion de los estados financieros.

  11. Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones para el registro, archivo y custodia de los actos administrativos del Director, las actas internas de la Institucion, los libros de radicacion de informativos administrativos y de procesos disciplinarios.

  12. Coordinar la funcion archivistica y salvaguardar el patrimonio documental de la Defensa Civil y ponerlo al servicio de los interesados en estas disciplinas.

  13. Coordinar la aplicacion del Regimen Disciplinario y conocer en primera instancia los procesos que se adelanten contra los servidores de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente sobre la materia.

  14. Recibir, tramitar y resolver las quejas o reclamos que los ciudadanos formulen en relacion con el cumplimiento de la mision de la Defensa Civil, asi como los procesos de orientacion y atencion ciudadana.

  15. Participar en el Sistema de Control Interno de la Entidad coadyuvando en los procesos de planeacion, emision de normas, metodos y procedimientos, relacionados con el desarrollo de sus funciones y en el diseño de mecanismos e instrumentos de seguimiento y evaluacion.

  16. Las demas funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Articulo 8° Subdireccion Operativa

Son funciones de la Subdireccion Operativa, las siguientes: 1. Asesorar a la Direccion General en la determinacion de planes y programas relacionados con la gestion tecnica y operativa de la Entidad.

  1. Coordinar con las Fuerzas Militares, la Policia Nacional y las entidades del Sistema la Nacional para la Prevencion y Atencion de Desastres todo lo relacionado con la prevencion inminente y atencion inmediata a nivel territorial y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR