Carta circular número 17 de 2020 - 11 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 849472308

Carta circular número 17 de 2020

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de la Economía Solidaria
Número de Boletín51434

PARA: LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS OBJETO DE SUPERVISIÓN POR LA SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA Y A LA CIUDADANÍA EN GENERAL

DE: SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

ASUNTO: REANUDACIÓN DE LAS ACTUACIONES PROCESALES Y ADMINISTRATIVAS DE LOS PROCESOS DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO SAN-CIONATORIO Y DISCIPLINARIO ADELANTADOS POR LA ENTIDAD

FECHA: Bogotá, D. C. 11 de septiembre de 2020

La Superintendencia de la Economía Solidaria mediante las Resoluciones 2020SES003695 de 19 de marzo de 2020, 2020SES004475 de 17 de abril de 2020, 2020110005495 de 8 de mayo de 2020 y 2020SES006485 de 29 de mayo de 2020, suspendió los términos de las actuaciones administrativas y procesales del régimen administrativo sancionatorio y disciplinario a cargo de la Superintendencia, entre el 19 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020; así mismo, estableció la suspensión de recepción de correspondencia física de usuarios externos ante la Ventanilla Única de Correspondencia, medidas que adoptó con carácter transitorio por motivos de salubridad pública y fuerza mayor, con ocasión de la pandemia del COVID-19.

Posteriormente, en consideración a las medidas adoptadas por la Alcaldía Mayor de Bogotá1, de limitar la libre circulación de vehículos y personas en determinadas localidades de la ciudad, la Superintendencia de la Economía Solidaria, mediante la Resolución 2020SES007495 del 13 de julio de 2020, nuevamente suspendió los términos de las actuaciones administrativas y procesales del régimen administrativo sancionatorio y disciplinario, entre el 13 de julio de 2020 y el 31 de agosto de 2020; así mismo, estableció la suspensión de recepción de correspondencia física de usuarios externos ante la Ventanilla Única de Correspondencia.

Durante el período comprendido entre el 19 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, y entre el 3 de julio de 2020 y el 31 de agosto de 20202, no corrieron los términos de caducidad, prescripción o firmeza que se deriven de los procesos del régimen administrativo sancionatorio y disciplinario, según las disposiciones del Decreto 417 del 17 de marzo y del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020.

Durante la suspensión de términos administrativos, el personal de la Superintendencia de la Economía Solidaria ha adelantado sus labores de supervisión mediante la modalidad de trabajo en casa, realizando otras actuaciones administrativas no sujetas a dicha suspensión, haciendo uso de medios virtuales y tecnológicos para tal fin.

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