V A R I O S Avisos judiciales La Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Cali, Valle, hace saber del proceso de interdicción judicial por causa de enfermedad mental de Ricardo Gómez Barona. - 14 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51631558

V A R I O S Avisos judiciales La Secretaria del Juzgado Segundo de Familia de Cali, Valle, hace saber del proceso de interdicción judicial por causa de enfermedad mental de Ricardo Gómez Barona.

EmisorVarios
Número de Boletín46812

uperior de Politica Fiscal -CONFIS-.

CONSIDERANDO:

Que la Empresa Social del Estado Antonio Nariño fue creada de conformidad con el articulo 2° del Decreto numero 1750 del 26 de junio de 2003.

Que el articulo 11, inciso segundo de la Ley 225 del 20 de diciembre de 1995, dispone que las Empresas Sociales del Estado del orden nacional, que constituyan una categoria especial de entidad publica descentralizada, se sujetaran para efectos presupuestales al regimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado;

Que el Estatuto Organico del Presupuesto en su articulo 26 numeral 4 establece como funcion del Consejo Superior de Politica Fiscal - CONFIS - aprobar y modificar, mediante resolucion, los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economia Mixta con el regimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo;

Que el Consejo Superior de Politica Fiscal -CONFIS- delego mediante Resolucion numero 04 del 2 de junio de 2004 en el Director General del Presupuesto Publico Nacional la aprobacion de los traslados, adiciones y reducciones presupuestales de los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economia Mixta sujetas al regimen de aquellas, del orden nacional, dedicadas a actividades no financieras, y de las empresas que se rigen por lo dispuesto en el articulo 5° del Estatuto Organico del Presupuesto, previa consulta con el Ministerio respectivo;

Que la Empresa Social del Estado Antonio Nariño, mediante oficio ESEAN GG-1923 del 25 de octubre de 2007, solicita la aprobacion de un traslado del presupuesto de Gastos de Funcionamiento a Gastos de Operacion Comercial por valor de $2.663.0 millones;

Que en cumplimiento del articulo 24 del Decreto 115 de 1996, el Ministerio de la Proteccion Social, mediante oficio numero 254295 del 30 de octubre de 2007, emitio concepto favorable sobre el traslado por $2.663.0 millones del presupuesto de Gastos de Funcionamiento a Gastos de Operacion Comercial de la ESE Antonio Nariño;

con el Instituto Que el Lider del Grupo Funcional Financiero de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño con documento del 31 de octubre de 2007, certifica que se encuentran recursos por valor de $2.663.0 millones que estan disponibles y libres de afectacion presupuestal en los Gastos de Funcionamiento, para ser trasladados a los Gastos de Operacion Comercial;

Que analizada la informacion con la cual se fundamenta la peticion y efectuado el estudio economico, se debe proceder a la aprobacion de la modificacion del presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del Presupuesto de Gastos de Operacion Comercial por valor de $2.663.0 a los mineros de la millones, RESUELVE:

Articulo 1° Modifiquese el Presupuesto de Gastos de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño asi: 110 Empresa Social del Estado Antonio Nariño CONTRACREDITO Gastos de funcionamiento $2.663.000.000 Total contracredito $2.663.000.000 CREDITO Gastos de operacion comercial $2.663.000.000 Total credito $2.663.000.000 Articulo 2°

La presente resolucion rige a partir de la fecha de su Publicacion.

Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 6 de noviembre de 2007.

La Directora General del Presupuesto Publico Nacional (E.), Rutty Paola Ortiz Jara.

(C.F.) NTC ISO 9001: 2000 Prestacion de los servicios editoriales de impresion, publicacion, divulgacion y comercializacion de normas, actos ficial administrativos y demas publicaciones CERTIFICADO del Estado.

ISO 9001 SC-3414-1 * Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112 P numero 766 Ministerio de Minas y energia RESOLUCION NUMERO 18 1752 DE 2007 El Ministro de Minas y Energia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 070 de 2001, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 31 del Codigo de Minas establece que: "El Gobierno Nacional por motivos de orden social o economico determinados en cada caso, de oficio o por solicitud expresa de la comunidad minera, en aquellas areas en donde existan explotaciones tradicionales de mineria informal, delimitara zonas en las cuales temporalmente no se admitiran nuevas propuestas, sobre todos o algunos minerales. Su objeto sera adelantar estudios geologico-mineros y desarrollar proyectos mineros estrategicos para el pais destinados a determinar las clases de proyectos mineros especiales y su puesta en marcha. En todo caso, estos estudios geologico-mineros y la iniciacion de los respectivos proyectos no podran tardar mas de dos (2) años. La concesion solo se otorgara a las mismas comunidades que hayan ejercido las explotaciones mineras tradicionales, asi hubiere solicitud de terceros. Todo lo anterior sin perjuicio de los titulos mineros vigentes, otorgados o reconocidos";

Que en virtud del articulo 31 del Codigo de Minas, la Alcaldia de Cucunuba, solicito a este Ministerio, mediante Oficio 611837 26/05/2006, la declaracion del area de reserva especial delimitada por las siguientes coordenadas.

Punto Este Norte P.A 1.070.634 1.030.532 1 1.031.500 1.071.350 2...

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