Circular 000085 de 2009 - 24 de Febrero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 77867312

Circular 000085 de 2009

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47633

co/servicios/formularios2006), o en la Coordinacion del Servicio del Arancel de la Subdireccion de Gestion Tecnica Aduanera.

  1. Diligenciar en su totalidad el formulario a maquina o con letra clara y legible, de acuerdo a las instrucciones anexas al mismo. El no diligenciamiento del nombre, firma del peticionario, asi como del numero de cedula de ciudadania, dara lugar a entender como no presentada la solicitud.

  2. Los documentos anexos tales como catalogos, analisis de laboratorio, fichas tecnicas y otros, deben presentarse en idioma español o acompañados de su respectiva traduccion y deberan relacionarse por el solicitante en las casillas definidas para tal efecto en el formulario.

  3. La(s) muestra(s) adjunta(s) a la solicitud deberan estar relacionadas en la casilla correspondiente indicando el numero total de esta(s). En caso de que se anexen muestras devolutivas, tal solicitud debe hacerse de manera expresa en el formulario y las mismas han de ser retiradas por el usuario o la persona que por escrito se indique, en un termino maximo de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de expedicion de la Resolucion de clasificacion. 5. Si trascurrido este termino el peticionario no ha solicitado la devolucion de la muestra, se entendera que se puede disponer de ella y en consecuencia seran remitidas al archivo de la Entidad. Costo de la solicitud De acuerdo con lo previsto en la Resolucion 5182 de 2000, el costo de cada clasificacion tendra un valor de medio salario minimo mensual legal vigente en la fecha en que se presente la solicitud y comprendera un solo producto. En caso que se trate de una unidad funcional, el valor sera de un (1) salario minimo mensual legal vigente. - El costo de la clasificacion se debera consignar en efectivo o en cheque de gerencia en cualquiera de las siguientes cuentas a nombre de la DIAN:

* Banco de Bogota, Cuenta Corriente N° 03339619-3 * Banco Citibank, Cuenta Corriente N° 5060936015. No se aceptan pagos realizados por agilizador o por transferencia electronica conforme a lo estipulado por la Resolucion 08800 del 22 de octubre de 2003.

- El valor de la clasificacion no incluye el analisis fisico-quimico de las mercancias. En el evento en que sea necesario dicho analisis para efectos de la clasificacion, este debera ser aportado por el solicitante.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR