Circular conjunta externa 000003 de 2019 - 4 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763852557

Circular conjunta externa 000003 de 2019

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50857

Para: Gobernaciones, Alcaldías, Secretarías de Salud del Orden

Departamental, Distrital y Municipal o la Entidad que haga sus veces, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, Empresas Administradoras de Planes de Beneficios.

De: Ministro de Salud y Protección Social.

Directora General del Instituto Nacional de Salud.

Asunto: Preparación y respuesta sectorial frente a los posibles efectos en salud ante la eventual ocurrencia del fenómeno "El Niño".

Fecha: 23 de enero de 2019.

El Ministerio de Salud y Protección Social, como órgano rector del sector salud, encargado de su dirección y conducción, de conformidad con lo establecido en el artículo 4º de la Ley 1438 de 2011, en el marco de las competencias de orden legal, particularmente las previstas en el numeral 6 del artículo 2º del Decreto Ley 4107 de 2011, actuando de manera conjunta con el Instituto Nacional de Salud de acuerdo con el numeral 21 del artículo 4º del Decreto Ley 4109 de 2011, impartimos, a los destinatarios de la presente circular, los siguientes lineamientos, ante el panorama de eventuales riesgos, por la posible ocurrencia del fenómeno "El Niño":

1. Sobre comunicación del riesgo

Los destinatarios de la presente circular, en el marco de sus competencias, propenderán por:

1.1. Definir mecanismos que permitan centralizar y difundir la información, evitando la distorsión de los mensajes y la generación de alarmas innecesarias, definiendo un vocero o portavoz de la información pública. Los contenidos se deben enfocar a las medidas que ayuden a promocionar hábitos saludables, prevenir y controlar los riesgos para la salud identificados. Debe hacerse en lenguaje sencillo, con orientaciones e indicaciones claras de acuerdo con el tipo de emergencia y en lo posible, utilizar pictogramas, lenguaje de señas y las lenguas propias de los grupos étnicos; deben ser mensajes diferenciados de acuerdo con las necesidades del público al que se quiere llegar, niños, jóvenes, adultos, personas mayores, personas con discapacidad, personas pertenecientes a diferentes grupos étnicos, entre otros.

1.2. Establecer mecanismos de participación comunitaria que permitan la construcción de mensajes de acuerdo con las características sociales, ambientales, culturales, económicas y necesidades de cada zona, contando con el apoyo de los líderes y organizaciones comunitarias.

1.3. Orientar a la población sobre la necesidad de reducir las prolongadas exposiciones a la radiación solar directa, a fin de evitar insolaciones y minimizar los efectos nocivos de los rayos ultravioleta, para lo cual se debe recomendar el uso de protección solar.

1.4. Promover la capacitación de los comunicadores sociales y periodistas para que contribuyan con información adecuada y pertinente, en articulación con los consejos departamentales, distritales y municipales de gestión de riesgo de desastres.

2. Las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o la entidad que haga sus veces, contemplarán en sus planes de contingencia:

2.1. Respecto de la articulación intersectorial e intrasectorial.

  1. Coordinar las acciones en salud con los consejos departamentales, distritales o municipales para la gestión del riesgo de desastres, de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Circular Conjunta 040 de 2014, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. En estos espacios de gestión se podrán debatir los posibles escenarios de riesgos en salud frente a la eventual presencia del fenómeno "El Niño", así como verificar las capacidades operativas de los actores del sector y demás condiciones que garanticen una respuesta oportuna.

  2. Disponer espacios para la coordinación y seguimiento de las acciones en salud con las diferentes áreas de la entidad, tales como vigilancia en salud pública, comité operativo de emergencias, centros reguladores de urgencias, emergencias y desastres, prestación de servicios de salud, aseguramiento, promoción y prevención (equipos funcionales), fortalecimiento de las acciones de inspección, vigilancia y control, salud ambiental, zoonosis, nutrición, vacunación, laboratorio de salud pública, entre otros.

  3. Disponer de los recursos para el fortalecimiento de los centros de reserva del sector salud, que apoyen la atención oportuna de la población que resulte afectada por el fenómeno.

  4. Considerar la protección especial y prevalente a los niños, niñas y adolescentes y el enfoque diferencial y las características particulares de la población, en los...

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